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Dirección Nacional de Protección Vegetal




[b] Dirección Nacional de Protección Vegetal

SANIDAD VEGETAL

Disposición 12/2006

Declárase como Area de Escasa Prevalencia de la Plaga Mosca del Mediterráneo alValle de Calingasta de la Provincia de San Juan.

Bs. As., 23/3/2006

VISTO el Expediente S01- 0350271/2005 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en el que se incluye la petición formulada por la Dirección de Sanidad Vegetal de la Provincia de San Juan, los antecedentes técnicos de la situación fitosanitaria en relación al estatus de Area de Escasa Prevalencia de la plaga Ceratitis Capitata —Mosca del Mediterráneo — en el Valle de Calingasta, de la Provincia de San Juan y la Resolución Nº 515 del 16 de noviembre de 2001 del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución SENASA Nº 515 del 16 de noviembre de 2001 se definen las categorías de Areas de acuerdo con el estado de la situación de la plaga y el nivel de Protección Cuarentenaria Implementado.

Que el Nuevo Texto de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) FAO, define como Area de Escasa Prevalencia de Plagas como aquella en la que una determinada plaga que se encuentra en escaso grado y está sujeta a medidas efectivas de vigilancia, control o erradicación de la misma.

Que como consecuencia del análisis realizado por la Coordinación Nacional del PROCEM sobre los requisitos presentados por PROCEM San Juan, se comprueba durante los últimos 12 meses —agosto del 2004 hasta julio del 2005— que el Valle de Calingasta de la citada provincia, se encuentra dentro de la condición de Area de Escapa Prevalencia de la Plaga.

Que la referida Area cuenta con el Plan Operativo Anual, Sistema de Detección, Plan de Control, Plan de Acciones Localizadas, y Sistema de Protección Cuarentenaria.

Que las supervisiones técnicas realizadas por la Coordinación Nacional del PROCEM, avalan la documentación presentada por la Dirección de Sanidad Vegetal de la Provincia de San Juan.

Que la Dirección de Sanidad Vegetal dependiente de esta Dirección Nacional, consideró adecuado otorgar el estatus de Area de Baja Prevalencia para la Mosca de los Frutos (Ceratitis Capitata) al Valle de Calingasta de la Provincia de San Juan.

Que la Dirección Nacional de Protección Vegetal de este Servicio Nacional, posee la facultad de disponer las áreas que cumplen con los requisitos establecidos para cada categoría.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta es competente para dictar el presente acto de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 3º de la Resolución SENASA Nº 515 de fecha 16 de noviembre de 2001.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL
DISPONE:

[b] Artículo 1º — Declárese como Area de Escasa Prevalencia de la Plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata), al Valle de Calingasta de la Provincia de San Juan.

[b] Art. 2º — A los efectos de verificar la persistencia en las condiciones que permitieron otorgar el estatus fitosanitario establecido en el artículo primero de la presente disposición, se establece la continuidad del seguimiento del Programa de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos (PROCEM) San Juan en el Valle de Calingasta de la Provincia de San Juan a través de la Coordinación Nacional del PROCEM.

[b] Art. 3º — La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

[b] Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Diana M. Guillén.

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