Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
Disposición 652/2004
Incorpóranse los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor de San Juan a la operatoria de "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito".
Bs. As., 28/9/2004
VISTO la Disposición D.N. Nº 515/03 y el Convenio suscripto entre esta Dirección Nacional y la Municipalidad de San Juan con fecha 25 de marzo de 2004 conforme el modelo aprobado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por Expediente Nº 135.427/02 y ratificado por Ordenanza Municipal Nº 7863 del 17 de junio de 2004 y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la mencionada Disposición se puso en vigencia, a partir del 1º de octubre de 2003, la operatoria en los Registros Seccionales con jurisdicción territorial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la cual, en forma previa a la inscripción de determinados trámites, se debe solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario "13 I" - "Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito".
Que, por el convenio citado, se prevé la implementación de la mencionada operatoria en los Registros Seccionales pertenecientes a la jurisdicción del municipio firmante.
Que atento a ello, la Municipalidad de San Juan ha dictado la Resolución Nº 0007-DGR/ 2004 por la cual designa a los Encargados de Registro de todo el país como agentes de percepción de las infracciones cometidas en su jurisdicción.
Que, en consecuencia, resulta necesario aplicar las normas de procedimiento previstas en la disposición citada en los Registros Seccionales de esa jurisdicción para dar cumplimiento al convenio suscripto.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c) del Decreto Nº 335/88.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
Artículo 1º — Incorpórase a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor de la jurisdicción mencionada en el Anexo que forma parte de la presente, a la operatoria de "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito" de conformidad a lo previsto en las Disposiciones D.N. Nros. 515/03 y 395/04.
Art. 2º — La presente medida entrará en vigencia el día 4 de octubre de 2004. Oportunamente, el Departamento Rentas de esta Dirección Nacional dictará el instructivo al cual deberán ajustarse los Registros Seccionales.
Art. 3º — Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro y archívese. — Jorge Landau.
ANEXO
— REGISTRO SECCIONAL SAN JUAN Nº 1
— REGISTRO SECCIONAL SAN JUAN Nº 2
— REGISTRO SECCIONAL SAN JUAN Nº 3
— REGISTRO SECCIONAL SAN JUAN Nº 4
— REGISTRO SECCIONAL SAN JUAN Nº 5
— REGISTRO SECCIONAL SAN JUAN Nº 6