Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Disposición 124/97 del 10/11/97





Secretaría de Industria, Comercio y Minería


INDUSTRIA AUTOMOTRIZ


Disposición 124/97


Resolución S.I.C. y M. N° 1178/97. Asignaciones de
vehículos automotores de la categoría "A".
Asesoramiento y forma de presentación. Fechas de realización
de la Segunda Licitación. Fechas para la adquisición
de formularios y presentación de ofertas. Cantidad de Formularios
que pueden ser adquiridos por los particulares.


Bs. As., 10/11/97


B.O: 14/11/97


VISTO el expediente N° 060-005507/97 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Resolución
S.I.C. y M. Nº 53 del 24 de enero de 1997, la Resolución
S.I.C. y M Nº 425 del 14 de mayo de 1997, la Resolución
S.I.C. y M. Nº 1178 del 7 de noviembre de 1997, y


CONSIDERANDO:


Que a través de la Resolución S.I.C. y M. N°
53/97 se estableció la cantidad de vehículos correspondientes
a la categoría "A" susceptibles de asignación
durante el año 1997.


Que la Resolución S.I.C. y M. N° 425/97. contemplo
un segundo llamado a licitación aplicable a vehículos
de la categoría "A" que no fueron adjudicados
durante el primer semestre del año 1997.


Que atento a la retracción observada en la demanda de vehículos
correspondientes a la categoría "A" de parte
de usuarios finales, la resolución S.I.C. y M. N°
1178/97 ha modificado la cantidad de unidades en condiciones de
ser asignadas mediante el segundo llamado licitatorio, tendiente
a lograr la efectiva utilización del cupo.


Que la presente medida tiene por objeto establecer pautas aclaratorias
destinadas a facilitar la participación de los particulares
en el segundo llamado licitatorio.


Que la presente Disposición se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 12 de la Resolución S.I.C.
y M. N° 53 del 24 de enero de 1997.


Por ello.


EL DIRECTOR NACIONAL DE INDUSTRIA

DISPONE:


DEL ASESORAMIENTO Y FORMA DE PRESENTACION


Artículo 1°-Las personas físicas o jurídicas
interesadas en participar en la asignación de vehículos
automotores de la categoría "A" al amparo de
la Resolución S.I.C. y M. N° 1178/97 deberán
tener en consideración las instrucciones complementarias
que como Anexos I y II forman parte de la presente Disposición.



Art. 2º-Habilítase una Mesa de Informes ubicada en
la Planta Baja de la Av. Julio A. Roca 651, para brindar asesoramiento
a los particulares interesados en participar en la asignación
de unidades.


Art. 3°-El Anexo II de la presente Disposición será
entregado conjuntamente con un instructivo, con la adquisición
del formulario ante la Delegación II de la Dirección
General de Administración del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ubicada en Av. Julio A. Roca Piso
5° sector 27.


FECHAS DE REALIZACION DE LA SEGUNDA LICITACION PARA VEHICULOS
DE LA CATEGORIA "A".


Art. 4°-Establécese que a las 11.00 horas de las fechas
indicadas a continuación se realizarán los actos
licitatorios contemplados en el artículo 1º de la
Resolución S.I.C. y M. N°






FRANJA A1Hasta 1.500cm3 18 de noviembre de 1997
FRANJA A2De 1.501 a 2.200cm3
25 de noviembre de 1997
FRANJA A3De más de 2.200 cm3
2 de diciembre de 1997



FECHAS PARA LA ADQUISICION DE FORMULARIOS Y PRESENTACION DE OFERTAS



Art.5°-Establécese como fechas de vencimiento para
la adquisición de formularios así como para la presentación
de ofertas, a las indicadas a continuación:






FRANJA A1Hasta 1.500cm3 17 de noviembre de 1997
FRANJA A2De 1.501 a 2.200 cm3
24 de noviembre de 1997
FRANJA A3De más de 2.200 cm3
1 de diciembre de 1997



CANTIDAD DE FORMULARIOS EN CONDICIONES DE SER ADQUIRIDAS POR PARTICULARES
PARA VEHICULOS DE LA CATEGORIA "A"


Art. 6°-Fíjase en CINCUENTA (50) unidades como cantidad
máxima de formularios en condición de ser adquiridas
por particulares ante la Delegación II de la Dirección
General de Administración.


Art. 7°-Las fechas establecidas en la presente Disposición
no admitirán prórroga alguna y su vencimiento operará
como plazo de caducidad.


Art.8°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Miguel
A. Cuervo.


ANEXO I A LA DISPOSICION N° 124/97


INSTRUCTIVO COMPLEMENTARIO AL ANEXO I DE LA RESOLUCION SICM Nº
53/97 PARA LA ADQUISICION Y PRESENTACION DE FORMULARIOS


1.-Los interesados en adquirir formularios ante la Delegación
II de la Dirección General de Administración podrán
efectivizar su pago sólo mediante pesos o con cheque certificado.



2.-De acuerdo a lo establecido en el punto 2 del Anexo I de la
Resolución SICM N° 53/97 el formulario deberá
se completado en letra de imprenta, utilizando los casilleros
correspondientes, sin enmiendas, ni tachaduras. En caso de detectarse
las mismas, el formulario carecerá de validez.


Para completar el numero de CUIT, deberá observarse la
existencia de casilleros disponibles sólo para los números,
por lo cual no se deberán separar los mismos con guiones
y/o barras.


3.-En el formulario no deberá especificarse la marca, ni
el modelo del vehículo a licitar.


4.-En los espacios reservados a las firmas, sólo debe completarse
el ubicado en el sector de la derecha y junto a la firma del solicitante
deberá consignarse claramente "Sobrearancel Ofrecido
%".


5.-El Sobrearancel es el establecido en el artículo 2°
inciso e) de la Resolución SICM N° 53/ 97: "Se
entiende por sobrearancel un porcentaje del arancel vigente, y
aplicado a la base imponible para el pago de los derechos de importación
del vehículo a importar. El sobrearancel se expresará
en porcentaje con no más de UN (1) decimal. Dicho sobrearancel
no podrá ser inferior a la base establecida para cada franja
en la presente resolución, condición que de no cumplirse
invalidará la presentación efectuada".


A tal efecto el artículo 2° inciso f) de la Resolución
SICM N° 53/97 establece que el sobrearancel base de cada
franja será el mencionado a continuación:








FRANJACILINDRADA
SOBREARANCEL BASE
A1Hasta 1500 cm3
8 %
A2De 1.501 a 2.200 cm3
12 %
A3De más de 2.200 cm3
16 %



6.-Para una mayor ilustración véase el siguiente
ejemplo:







ARANCEL VIGENTE SOBREARANCEL OFRECIDO ARANCEL A PAGAR
30%50%
45 %



En el formulario de presentación, junto a la firma del
solicitante, deberá expresarse solamente el SOBREARANCEL
OFRECIDO (en el ejemplo "50 %").


7.-Una vez completado el formulario, la parte superior del mismo,
deberá presentarse mediante expediente ante la Dirección
Mesa de Entradas y Notificaciones (Av. Julio A. Roca 651 Planta
Baja) en un sobre cerrado. Dicho sobre cerrado debe contener solamente
el original y dos (2) copias de la parte superior del formulario.
La presentación del formulario realizada con enmiendas
y/o tachaduras será nula.


8.-El expediente presentado en la Dirección de Mesa de
Entradas y Notificaciones debe contener la siguiente documentación:



8.1.-El sobre cerrado.


8.2.-La carátula del Anexo II completa y firmada.


8.3.-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) firmada
y aclarada por el interesado.


8.4.-Las personas físicas deberán acompañar
fotocopias de inscripción del Código Unico de Identificación
Tributaria (CUIT) ante la Dirección General Impositiva
(DGI) firmado y aclarado por el interesado.


8.5.-Las personas jurídicas deberán acompañar
copia del Acta de Constitución de la Sociedad y Constancia
de Inscripción ante la Inspección General de Justicia,
autenticadas por escribano público. Asimismo deberán
acompañar fotocopia de inscripción ante la Dirección
General Impositiva (DGI) del Código Unico de Identificación
Tributaria (CUIT) firmado y aclarado por los interesados.


8.6.-Para el caso de las personas físicas que efectuaren
el trámite a través de apoderado, la personería
se podrá acreditar por Carta Documento o copia del poder
autenticada por escribano público.


9.-La presentación podrá efectuarse en forma personal
o por poder otorgado mediante:


a.-Carta Documento (original) con documento que acredite la personería.



b.-Poder otorgado por escribano público o copia certificada
por el mismo.


10.-La Administración no autenticará copia de documentación
alguna a los efectos de los actos licitatorios previstos por la
Resolución SICM Nº 1178/97.


11.-Junto con el sobre cerrado deberá presentarse la parte
inferior (talón para el interesado) del formulario original
sin consignar el sobrearancel ofertado, que será intervenido
por la Dirección de Mesa de Entradas y Notificaciones.
La parte inferior del formulario quedará en poder del interesado
y el mismo deberá conservarse a los efectos de acreditar
la eventual adjudicación del cupo licitado ante requerimiento
de esta Secretaría y la posterior presentación ante
la Dirección General de Aduanas dependiente de la Administración
Federal de Ingresos Públicos.






ANEXO II A LA DISPOSICION N° 124/97 REF.: Segundo Llamado
Licitación Cuotas de Importación
Automotores Categoría "A" año 1997 Resolución SICM N° 1178/97
BUENOS AIRES,



Señor Director Nacional

de Industria

S_______/_________D


De nuestra consideración:


Nos dirigimos a usted a los efectos de solicitarle tenga a bien,
considerar la inclusión de esta presentación en
el segundo llamado a Licitación de Cuotas de Importación
de Automotores correspondiente a la Categoría "A"
prevista para el corriente año, al amparo de la Resolución
SICM N° 1178/97.


A tal fin acompaño a la presente, la documentación
exigida en el Anexo I de la Resolución SICM N° 53/97.
La totalidad de la información suministrada en esta presentación
reviste el carácter de Declaración Jurada.


Sin otro particular, saludo a usted atentamente.





Firma titular o apoderado
Franja:
Formulario Nº



Resumen presentación:


Apellido y Nombres del Titular o Razón Social:





Calle y NúmeroLocalidad
ProvinciaT. E.
CUIT N°Firma de titular o apoderado






Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Disposición 124/97 del 10/11/97