Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología Médica
ESPECIALIDADES MEDICINALES
Disposición 1254/99
Prohíbese a la firma Ingeniería Omega S.A. la Importación, uso y comercialización en todo el país de los productos "Equipo Mini 2000 con otoscopio" y "Otoscopio K 180 en Estuche".
Bs. As., 19/3/99
B.O.: 31/03/99
VISTO el Expediente n° 1-47-2145-99-5 del Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados la Dirección de Tecnología Médica detectó ciertas irregularidades en relación a la firma INGENIERIA OMEGA S.A., en el formulario de inscripción de productores y productos, arancel n° 14703 y registro n° 000169 (Disposición n° 607/93), en el cual se encontrarían agregados productos no autorizados, denominados "EQUIPO MINI 2000 con otoscopio" y "OTOSCOPIO K 180 EN ESTUCHE", ambos marca HEINE OPTOTECHNIK Gmbh y Co., de acuerdo a la confrontación efectuada con el formulario original que obra en el Departamento de Registro.
Que ante la imposibilidad de fiscalizar la calidad de los productos no autorizados, cuyo uso y comercialización implicaría un posible riesgo para la salud de la población, resulta necesario prohibir la importación, uso y comercialización de los productos precedentemente mencionados.
Que asimismo y a fin de deslindar la responsabilidad que le cabría a la firma INGENIERIA OMEGA S.A. y su Director Técnico, corresponde la instrucción de un sumario por la presunta adulteración del formulario aludido.
Que las medidas descriptas se encuentran contempladas dentro de las facultades otorgadas a esta Administración Nacional mediante el Decreto n° 1490/92, art. 3°, inc. f) y art. 8°, inc. ñ).
Que la Dirección de Tecnología Médica y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto n° 1490/92.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
Artículo 1° -Prohíbase a la firma INGENIERIA OMEGA S.A. la importación, uso y comercialización en todo el país de los productos "EQUIPO MINI 2000 con otoscopio" y "OTOSCOPIO K 180 EN ESTUCHE", ambos marca HEINE OPTOTECHNIK Gmbh y Co., por fundamentos expuestos en los considerandos.
Art. 2° -Instrúyase sumario a la firma INGENIERIA OMEGA S.A. y a quien resulte ser su Director Técnico por la presunta adulteración del formulario de inscripción de productores y productos, arancel n° 14.703 y registro n° 000169 (Disposición n° 607/93).
Art. 3° -Regístrese, comuníquese a quienes corresponda. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Dése al Departamento de Registro a sus efectos. Cumplido, gírese a la Dirección de Asuntos Jurídicos, Departamento de Sumarios para la continuación del trámite. -Pablo M. Bazerque.