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Disposición 15/98 del 8/1/98




Administración Nacional de Medicamentos y Alimentos
y Tecnología Médica



ESPECIALIDADES MEDICINALES



Disposición 15/98



Clausúrase preventivamente un establecimiento propiedad
de Bio Sur Diagnóstico S.R.L. y prohíbese la comercialización
y uso en todo el Territorio Nacional de los productos comercializados
por la mencionada firma.



Bs. As., 8/1/98



B.O: 14/01/98



VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-915-97-5 de esta Administración
Nacional; y


CONSIDERANDO:


Que por las presentes actuaciones el Instituto Nacional de Medicamentos
informa sobre las irregularidades detectadas luego de la inspección
llevada a cabo en el establecimiento de la firma BIO SUR DIAGNOSTICO
S.R.L. sito en la calle Morón 115 - Provincia de Mendoza
-.


Que en dicha oportunidad se comprobó que el mentado establecimiento,
habilitado por esta Administración Nacional como importador
y exportador de reactivos y elementos de diagnóstico de
uso "in vitro", ha dejado de funcionar hace dos años
atrae.


Que asimismo se constato que actualmente la empresa desarrolla
su actividad en la calle Zapiola 1289 - Dorrego - Provincia de
Mendoza.


Que como consecuencia de ello se procedió a inspeccionar
el nuevo establecimiento advirtiéndose que el mismo no
se encuentra habilitado y que no reuniría las condiciones
necesarias para obtener la pertinente habilitación.


Que se informó que la empresa comercializa productos de
otras firmas, encontrándose algunos vencidos, otros con
las etiquetas despegadas, y otros sin número de autorización
por ANMAT ni establecimiento elaborador.


Que en virtud de lo reseñado corresponde concluir que la
firma BIO SUR DIAGNOSTICOS S.R.L. habría infringido la
Resolución Nº 279/94 (MS. y AS.) y el art. 2º
de la Ley Nº 16.463 por comercializar reactivos de diagnóstico
de uso in vitro sin la correspondiente habilitación.


Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección
Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de
su competencia.


Que se actúa en ejercicio del poder de policía que
esta Administración Nacional ostenta en virtud de lo establecido
por el Decreto Nº 1490/92.


Por ello.


EL DIRECTOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS,
ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:


Artículo 1º-Clausúrase preventivamente
el establecimiento sito en la calle Zapiola 1289 -Dorrego - Provincia
de Mendoza, propiedad de la firma BIO SUR DIAGNOSTICO S.R.L.,
hasta tanto obtenga la habilitación otorgada por la autoridad
sanitaria nacional.


Art. 2º-Prohíbese la comercialización
y uso en todo el Territorio Nacional de los productos comercializados
por la firma mencionada en el artículo anterior.


Art. 3º-Instrúyase el pertinente sumario a
la firma BIO SUR DIAGNOSTICO S.R.L. y/o a quien resulte ser su
Director Técnico por presunta infracción a la Resolución
Nº 279/94 (MS. AS.) y el art. 2º de la Ley 16.463.


Art. 4º-Regístrese, comuníquese a quienes
corresponda, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación. Dése copia al Departamento
de Relaciones Institucionales. Cumplido dase al Departamento de
Sumarios a sus efectos.-Pablo Bazerque.

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