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Disposición 16/97 del 11/06/97





Subsecretaría de Industria

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Disposición 16/97

Modifícase la Resolución S.I.C. y M. Nº
217/96, por la que se aprobó el plan de intercambio compensado
otorgado a la firma " Autoliv Slowik S.A."


Bs. As., 11/6/97

B.O. 17/6/97

VISTO el expediente Nº 060-015981/96, registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma
"AUTOLIV SLOWIK S.A.", con domicilio en Santiago de
Chile 6475, Capital Federal, le fuera aprobado un plan de intercambio
compensado por Resolución S.I.C. y M. Nº 217 del 26
de marzo de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que habiéndose deslizado un error en la posición
arancelaria de un producto a exportar incluido en el Anexo de
la Resolución S.I.C. y M. Nº 217/97 corresponde subsanar
el mismo.

Que dicho error consiste en haber consignado la Subpartida N.C.M.
8708.90.00 en lugar de la correcta 8708.99.00.

Que la corrección propuesta no vulnera el Programa de Intercambio
Compensado establecido por el Decreto Nº 33 del 15 de enero
de 1996, según los términos de la Resolución
S.I.C. y M. Nº 291 del l l de abril de 1997.

Que la Delegación III de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en virtud de lo establecido
en el articulo 3º de la Resolución S.I.C. y M. Nº
291 del 11 de abril de 1997.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA

DISPONE:

Artículo 1º - Sustituyese el Anexo a la Resolución
S.I.C. y M. Nº 217 del 26 de marzo de 1997, por la que se
le aprobara el plan de intercambio compensado otorgado a la firma
"AUTOLIV SLOWIK S.A." con domicilio en Santiago de Chile
6475, Capital Federal, en las condiciones que se indican en el
Anexo de UNA (1) foja que forma parte de la presente disposición.

Art.2º-La presente disposición comenzará
a regir a partir del día siguiente de la notificación
de la Resolución S.I.C. y M. Nº 217/97.

Art. 3º- Remítase copia de la presente disposición
a la ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS.

Art. 4º-Notifíquese a la interesada.

Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial archívese.-
Héctor Garnbarotta.

ANEXO A LA DISPOSICION S.S.I. Nº 16

Expediente Nº 060-015981 /S6

Empresa: AUTOLIV SLOWIK S.A.

Productos a Exportar:

Posición N. C. M. Descripción

8708.21.00 Cinturones

8708.99.00 Partes





Productos a Importar:

Posición N.C.M. Descripción

5806.32.00 Cintas

7318.15.00 Tornillos

7320.90.00 Resortes

8483.40.90 Engranajes

8708.21.00 Cinturones

8708.99.00 Accesorios






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