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Disposición 1917/98 del 04/05/98




Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Tecnología Médica



ESPECIALIDADES MEDICINALES



Disposición 1917/98



Incorpórase la sustancia Bupropion a la Lista III de
la Ley Nº 19.303, de Sustancias Psicotrópicas.



Bs. As., 4/5/98



B.O: 08/05/98



VISTO el Expediente N° 1-47-1110-93-98-7 del Registro de
la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Tecnología Médica, y


CONSIDERANDO:


Que de acuerdo a la información reunida y publicada, la
sustancia psicotrópica BUPROPION presenta un perfil farmacológico
muy similar al DIETIL propion, que se encuentra incluido en la
Lista II de la Ley N° 19.303. Que la sustancia BUPROPION
no se encuentra aun incluida en las listas del Convenio sobre
Sustancias Psicotrópicas de 1971.


Que analizados estos extremos por el Departamento de Psicotrópicos
y Estupefacientes de esta Administración Nacional, se aconseja
la inclusión de la sustancia BUPROPION en la Lista III
de la Ley N° 19.303.


Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección
de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención
de su competencia.


Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por
el Decreto N° 1490/92.


Por ello,


EL DIRECTOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS,
ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:


Artículo 1º-Incorpórase a la Lista III
de la Ley N° 19.303 de Sustancias Psicotrópicas, la
sustancia BUPROPION: (Anfebutamona) (+/-)-2(terbutilamino)-3"
-cloropropiofenona, y sus sales.


Art. 2º-Regístrese, comuníquese a quienes
corresponda, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación.-Cumplido, archívese.-Pablo
M. Bazerque.

Administracionius UNLP

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