Subsecretaría de Industria
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Disposición 2/98
Modifícase la Resolución N° 353/97, por
la que se aprobara un plan de intercambio compensado otorgado
a la firma "Basso S.A."
Bs. As., 7/01/98.
B. O.: 13/01/98.
VISTO el expediente N° 060-018872/96, del registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma
"BASSO S.A.", con domicilio en Ruta Provincial N°
70 y Martín Oliber, Rafaela, Pcia. de Santa Fe, solicitó
se le otorgue la aprobación de un plan de intercambio compensado
que le fuera aprobado por Resolución S.I.C. y M. N°
353 del 28 de abril de 1.997, y la nota de fecha 13 de Noviembre
de 1.997 por el que la firma "BASSO S.A.", solicita
la modificación de una partida arancelaria que fuera consignada
erróneamente en el Anexo de la resolución, y
CONSIDERANDO
Que la modificación de la partida arancelaria que fuera
consignado erróneamente en el Anexo de la Resolución
S.I.C. y M. N° 353 del 28 de abril de 1.997, resulta viable
de acuerdo a las constancias y verificaciones hechas por la Subsecretaría
de Industria.
Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos
de la legislación aplicable.
Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERIA dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente disposición se dicta en virtud de lo establecido
en el artículo 3° de la Resolución S.I.C. y
M. N° 291 del 11 de abril de 1.997.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO
DE INDUSTRIA
DISPONE:
Artículo 1°- Sustitúyese el Anexo de
la Resolución S.I.C. y M. N° 353 del 28 de abril de
1.997, por la que se aprobara un plan de intercambio compensado
otorgado a la firma "BASSO S.A." con domicilio en Ruta
Provincial N° 70 y Martín Oliber, Rafaela, Pcia. de
Santa Fe, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA
(1) foja que forma parte integrante de la presente disposición.
Art. 2°- Los derechos y obligaciones emergentes de
la solicitud a que se refiere la presente disposición se
regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1.996,
por la Resolución ex-S.M. e I. N° 190 del 29 de abril
de 1.996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N°
175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y
M. N° 291 del 11 de abril de 1.997, y por la presente, como
así también por los compromisos asumidos por la
beneficiaría en el expediente M.E. y O. y S.P. N°
060-018872/96.
Art. 3°- Déjase establecido que a los efectos
que hubiere lugar, la firma "BASSO S.A." constituye
domicilio especial en Bolívar 382, piso 1°, Capital
Federal, donde serán válidas todas las notificaciones
judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente
para el caso de divergencia o controversia la Jurisdicción
de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.
Art. 4°- La presente disposición comenzará
a regir a partir del día siguiente a la notificación
de la Resolución S.I.C. y M. N° 353 del 28 de abril
de 1.997.
Art. 5°- Remítase copia de la presente disposición
a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6°- Notifíquese a la interesada.
Art. 7°- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Hector Gambarotta.
ANEXO A LA DISPOSICION S.S.I. N° 2
Expediente N° 060-018872/96
Empresa: BASSO S.A.
Productos a Exportar:
Posición N.C.M. | Descripción |
8409.91.14 | Válvulas para motores a explosión |
8409.99.14 | Válvulas para motores a explosión |
8409.91.90 | Varillas levanta válvulas/botadores |
Productos a Importar:
Posición N.C.M. | Descripción |
8409.91.14 | Válvulas para motores a explosión |
8409.99.14 | Válvulas para motores a explosión |
8409.91.90 | Varillas levanta válvulas/botadores |