Subsecretaría de Combustibles
GAS NATURAL
Disposición 242/98
Otórgase, en el yacimiento María Inés del área "Santa Cruz II", ubicada en la Provincia de Santa Cruz, excepción a los límites permisivos de venteo de gas, a efectos de una mejor utilización de la energía natural del yacimiento y una mayor recuperación final de los reservorios.
Bs. As., 14/07/98.
B. O.: 20/07/98.
VISTO el Expediente N° 750-006070/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA N° 143 de fecha 20 de abril de 1998, establece las normas sobre el aventamiento de gas natural tendientes al aprovechamiento integral del recurso, así como las condiciones de excepción a los límites de venteo.
Que en tal sentido, la empresa PEREZ COMPANC S.A. ha presentado a esta Autoridad de Aplicación un pedido de excepción para efectuar obras de aprovechamiento del gas de venteo en el yacimiento MARIA INES, del área SANTA CRUZ II, acorde a lo que establece la citada normativa.
Que analizada la presentación, desde el punto de vista técnico y normativo corresponde el otorgamiento de la excepción solicitada.
Que los trabajos a efectuar redundarán en beneficio de una mejor utilización de la energía natural del yacimiento y una mayor recuperación final de los reservorios.
Que la aplicación de la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de 1998, así como el otorgamiento de las excepciones previstas en la misma, justifican el dictado de la presente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta de acuerdo al Artículo 79 de la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA N° 143 de fecha 20 de abril de 1998, en la que se delegó en esta SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES la facultad de otorgar excepciones a los límites máximos establecidos en el Anexo I de la misma.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE COMBUSTIBLES
DISPONE:
Artículo 1°— Otórgase excepción, a los límites permitidos de venteo de gas establecido en el apartado 5.4. del Anexo I de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 143 de fecha 20 de abril de 1998, en el yacimiento MARIA INES del área "SANTA CRUZ II", ubicada en la Provincia de SANTA CRUZ, de acuerdo al detalle que figura en el ANEXO I de la presente.
Art. 2°— La empresa deberá presentar la correspondiente garantía de cumplimiento de las obras de aprovechamiento, dentro de los QUINCE (15) días de notificada de la presente Resolución. Dicha garantía será endosada a favor de la SECRETARIA DE ENERGIA y podrá constituirse mediante seguro de caución o fianza bancaria, depósito en efectivo o bonos y títulos de la deuda pública.
Art. 3°— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto J. Fiandesio.
ANEXO I |
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EXCEPCION OTORGADA
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Empresa: PEREZ COMPANC S.A. |
Area/Yacimiento: SANTA CRUZ II, yacimiento MARIA INES. |
Motivo de la excepción: Reinyección. |
Volumen autorizado: Hasta CIEN MIL (100.000) m3/d. |
Obras a efectuar: Captación, Plantas de Compresión, Deshidratación y Reinyección. |
Plazo de Excepción: DOCE (12) meses. |
Vencimiento de la excepción: 31 de DICIEMBRE de 1998. |
Monto de la Garantía: CIENTO VEINTE MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 120.000) |
Plazo de la Garantía: TREINTA (30) días posteriores al vencimiento del período de excepción. |