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Disposición 42/97 del 16/10/97





Subsecretaría de Industria

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Disposición 42/97

Modifícase la Resolución N° 354/97-SICYM,
por la que se aprobara un plan de intercambio compensado otorgado
a la firma "Argelite La Rioja S.A.".


Bs. As., 16/10/97.

B. O.: 22/10/97.

VISTO el expediente N° 060-015652/96, del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma
"ARCELITE LA RIOJA S.A.", con domicilio en Mar del Plata
y Pergamino, Parque Industrial de la Ciudad de La Rioja, solicitó
se le otorgue la aprobación de un plan de intercambio compensado
que le fuera aprobado por Resolución S.I.C. y M. N°
354 del 28 de abril de 1.997, y el expediente N° 060-003795/97,
del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
por el que la firma "ARGELITE LA RIOJA S.A.", solicita
la inclusión de nuevos productos a exportar e importar,
y

CONSIDERANDO:

Que la inclusión de los nuevos productos a exportar e importar
en el anexo de la Resolución S. J. C. y M. N° 354
del 28 de abril de 1.997, resulta viable de acuerdo a las constancias
y verificaciones hechas por la Subsecretaría de Industria.

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos
de la legislación aplicable.

Que la Delegación III de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en virtud de lo establecido
en el artículo 3° de la Resolución S.I.C. y
M. N° 291 del 11 de abril de 1.997.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA

DISPONE:

Artículo 1°- Sustitúyese el Anexo de
la Resolución S.I.C. y M. N° 354 del 28 de abril de
1.997, por la que se aprobara un plan de intercambio compensado
otorgado a la firma "ARGELITE LA RIOJA S.A." con domicilio
en Mar del Plata y Pergamino, parque Industrial de la Ciudad de
La Rioja, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA
(1) foja que forma parte integrante de la presente disposición.

Art. 2°- Los derechos y obligaciones emergentes de
la solicitud a que se refiere la presente disposición se
regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1.996,
por la Resolución ex - S.M. e I. N° 190 del 29 de
abril de 1.996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y
M. N° 175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución
S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1.997, y por la presente,
como así también por los compromisos asumidos por
la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. N° 060-015652/96.

Art. 3°- Déjase establecido que a los efectos
que hubiere lugar, la firma "ARGELITE LA RIOJA S.A."
constituye domicilio especial en Uruguay 651 piso 13°, Capital
Federal, donde serán válidas todas las notificaciones
judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente
para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción
de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4°- La presente disposición comenzará
a regir a partir del día siguiente a la notificación
de la Resolución S.I.C. y M. N° 354 del 28 de abril
de 1.997.

Art. 5°- Remítase copia de la presente disposición
a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 6º- Notifíquese a la interesada.

Art. 7°- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
Héctor Gambarotta.

ANEXO A LA DISPOSICION S.S.I. N° 42

Expediente N° 060-015652/96

Empresa: ARGELITE LA RIOJA S.A.

Productos a Exportar:

Posición N.C.M. Descripción







8409.91.13 Carburadores

8409.91.90 Partes y piezas de carburadores





Productos a Importar:

Posición N.C.M. Descripción







8409.91.13 Carburadores



8409.91.90 Partes y piezas de carburadores






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