Subsecretaría de Industria
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Disposición 54/98
Modifícase el Anexo de la Disposición N° 96/98, en relación a productos a exportar e importar por la firma Autoliv Argentina S.A.
Bs. As., 29/7/98
B.O: 04/08/98
VISTO el expediente Nº 060-015981/96. del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el VISTO, la firma AUTOLIV ARGENTINA S.A., con domicilio en Santiago de Chile 6475, Capital Federal, ha sido beneficiaria de un plan de intercambio compensado aprobado por Resolución S.I.C. y M. Nº 217 del 26 de marzo de 1997.
Que el Programa aprobado fue modificado por las Disposiciones, S.S.I. Nº 16 de fecha 11 de junio de 1997, y S.S.I. Nº 96 de fecha 19 de febrero de 1998 respectivamente.
Que por expediente Nº 060-002580/98, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la firma solicita la inclusión de un producto a exportar en el Programa contenido en el Anexo de la última Disposición citada.
Que la inclusión del producto a exportar en el anexo de la Disposición S.S.I. Nº 96 de fecha 19 de febrero de 1998, resulta viable de acuerdo a las constancias y verificaciones hechas por la Subsecretaría de Industria.
Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente disposición se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.
Por ello.
EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA
DISPONE:
Artículo 1º- Sustitúyese el Anexo de la Disposición S.S.I. Nº 96 de fecha 19 de febrero de 1998, por el Anexo de UNA (1) foca que forma parte integrante de la presente Disposición.
Art. 2º- Los derechos y obligaciones emergentes de la presente modificación, serán regidos por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997, la presente Disposición y los compromisos asumidos por la firma beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. Nº 060-015981/96.
Art. 3º- La firma AUTOLIV ARGENTINA S.A. deberá llevar registros de sus importaciones y exportaciones de forma tal, que le permita demostrar ante cualquier requerimiento por parte de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, que los bienes importados con franquicias del Decreto 33/96, no son los mismos que se han exportado conforme a dicho régimen.
Art. 4º- Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma AUTOLIV ARGENTINA S.A., constituye domicilio especial en Santiago de Chile 6475, Capital Federal, donde serán validas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.
Art. 4º- La presente disposición comenzará a regir a partir del día siguiente a la notificación de la Resolución S.I.C. y M. Nº 217 del 26 de marzo de 1997.
Art. 6º- Remítase copia de la presente disposición a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 7º- Notifíquese a la interesada.
Art. 8º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Miguel A. Cuervo.
ANEXO A LA DISPOSICION S.S.I. Nº 54
Expediente Nº 060-015981/96
Empresa: AUTOLIV ARGENTINA S.A.
Productos a Exportar:
POSICION NCM |
DESCRIPCION |
8302.30.00 |
Regulador de altura para cinturones de seguridad |
8708.21.00 |
Cinturones |
8708.99.00 |
Partes |
9401.90.90 |
Hebillas |
Partes a Importar:
POSICION NCM |
DESCRIPCION |
5806.32.00 |
Cintas para cinturones de seguridad |
7318.15.00 |
Tornillos para cinturones de seguridad |
7320.90.00 |
Resortes para cinturones de seguridad |
8483.40.90 |
Engranajes para cinturones de seguridad |
8708.21.00 |
Cinturones para de seguridad |
8708.99.00 |
Partes de cinturones de seguridad |