Subsecretaría de Industria
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Disposición 55/98
Modifícase la Resolución Nº 316/97 SICYM, en relación a productos a exportar e importar por la empresa Sabo Argentina S.A.
Bs. As., 29/7/98
B.O: 04/08/98
Visto el expediente Nº 060-019010/96, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo, la firma SALVADOR TODARO Y HNO. SA.I.C., ha sido beneficiaria de un plan de intercambio compensado aprobado por Resolución S.I.C. y M. Nº 316 del 21 de abril de 1997.
Que SALVADOR TODARO Y HNO. S.A.I.C. modificó su razón social por la de SABO ARGENTINO S.A. a través del dictado de la Resolución S.I.C. y M. Nº 771 del 13 de agosto de 1997.
Que por expediente Nº 060-000999/98, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la firma SABO ARGENTINA S.A., solicita la inclusión de un producto a exportar e importar en el Anexo de la Resolución citada.
Que por expediente Nº 060-001000/98 la citada firma solicita se cambie en el mismo Anexo la Posición NCM 4016.99.90 por la Posición NCM 8485.90.00.
Que la inclusión de los productos a importar y exportar y la modificación de la posición arancelaria en el anexo de la Resolución S.I.C. y M. Nº 316 del 21 de abril de 1997, no alteran el Plan de Intercambio Compensado aprobado, y que las mismas resultan viables de acuerdo a las constancias y verificaciones hechas por la Subsecretaría de Industria.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente disposición se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA
DISPONE:
Artículo 1º-Sustitúyese el Anexo de la Resolución S.I.C. y M. Nº 316 del 21 de abril de 1997, por el Anexo de DOS (2) fojas que forma parte integrante de la presente disposición.
Art. 2º-Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente disposición se regirán por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997 y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. Nº 060-019010/96.
Art. 3º-Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma SABO ARGENTINA S.A. constituye domicilio especial en Leandro N. Alem 1110, Piso 13, Capital Federal, donde serán validas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o contraversia la Jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.
Art. 4º-La presente disposición comenzará a regir a partir del día siguiente a la notiflcación de la Resolución S.l.C. y M. Nº 316 del 21 de abril de 1997.
Art. 5º-Remítase copia de la presente disposición a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6º-Notifíquese a la interesada.
Art.7º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese.-Miguel A. Cuervo.
ANEXO A LA DISPOSICION S.S.I. Nº 55
Expediente Nº 060-019010/96
Empresa: SABO ARGENTINA S.A.
Productos a Exportar:
POSICION NCM |
DESCRIPCION |
4009.10.00 |
Mangueras |
8484.10.00 |
Juntas |
8485.90.00 |
Retenes |
8708.99.00 |
Conjuntos de cardan |
Productos a Importar:
POSICION NCM |
DESCRIPCION |
4009.10.00 |
Mangueras |
4009.40.00 |
Mangueras |
4009.50.90 |
Mangueras |
4016.93.00 |
Juntas |
4823.90.90 |
Juntas |
6812.90.10 |
Juntas |
7320.20.10 |
Resortes |
7326.19.00 |
Carcazas/Abrazaderas de filación |
7616.99.00 |
Juntas |
7907.00.00 |
Juntas |
8413.91.0 |
Sellos bomba agua |
8484.90.00 |
Juntas |
8485.90.00 |
Retenes |
8708.40.90 |
Tubo guía |