Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Disposición Nº 161/2010




MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL



DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO



Disposición Nº 161/2010



Registro Nº 457/2010



Bs. As., 30/3/2010



VISTO el Expediente Nº 1.115.785/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y



CONSIDERANDO:



Que a foja 2 y 2 vta. del Expediente Nº 1.361.487/09 agregado a fojas 255 al principal, obra el Acta celebrada por la COMISION PERMANENTE DE APLICACION Y RELACIONES LABORALES del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 813/06 "E" suscripto por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CASINOS DE MISIONES SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).



Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron abonar una suma por única vez y de carácter no remunerativo, conforme surge de los términos y contenido del texto.



Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.



Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.



Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.



Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).



Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.



Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.



Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 1304/09.



Por ello,


LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO


DISPONE:



ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acta celebrada por la COMISION PERMANENTE DE APLICACION Y RELACIONES LABORALES del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 813/06 "E" suscripto por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CASINOS DE MISIONES SOCIEDAD ANONIMA, que luce a foja 2 y 2 vta. del Expediente Nº 1.361.487/09 agregado a fojas 255 al principal, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).



ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el Acta, obrante a foja 2 y 2 vta. Del Expediente Nº 1.361.487/09 agregado a fojas 255 al principal.



ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.



ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 813/06 "E".



ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).



ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones de Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.



Expediente Nº 1.115.785/05



Buenos Aires, 5 de abril de 2010



De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 161/10, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente 1.361.487/09, agregado como fojas 255 al expediente de referencia, quedando registrado con el número 457/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.



ACTA DE COPAR CCT 813/06 "E"



En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 2 días del mes de Diciembre de 2009, se reúnen los representantes de la COMISION PERMANENTE DE APLICACION Y RELACIONES LABORALES (Co. P.A.R) del Convenio Colectivo de Trabajo 813/06 "E" encontrándose presentes por el sector Gremial el Señor Ariel FASSIONE - Secretario Gremial, asistido por la Dra. Luciana AMBROSIO - Asesora legal, en representación del SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA), y por el sector Empresario el Dr. Oscar Raúl ALDERETE en su condición de Apoderado de la firma CASINO MISIONES SA.



Abierto el acto por las representaciones presentes, ambas de común acuerdo expresan que se reúnen a fin de dar tratamiento al pedido de reconocimiento económico efectuado por el Sindicato, el que persigue la finalidad de brindar una ayuda a los trabajadores durante la época de fin de año.



La representación empresaria, por su parte, propone iniciar el debate sobre el tema para el cual han sido convocadas, luego del cual ambas partes llegan al siguiente acuerdo:



PRIMERO: La empresa manifiesta acordar abonar la suma de Pesos Doscientos Cincuenta ($ 250.00) por única vez, y de carácter no remunerativo, haciéndose efectivo en el mes de diciembre de 2009, liquidándose bajo el rubro "Acuerdo ALEARA 2009".



SEGUNDO: Las decisiones objeto de la presenta acta se toman por unanimidad de los representantes del sector de los trabajadores y empleadores presentes, que integran el quórum suficiente la presente reunión de la Co. P.A.R., quedando cualquiera de ambas representaciones habilitadas para incorporar la presente como acta complementaria del CCT oportunamente firmado, y peticionar su homologación o registración en el supuesto de considerarlo pertinente y necesario. La contraparte se obliga en tal supuesto a concurrir a ratificar la presente por ante la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ante el solo requerimiento de la parte presentante.



No siendo para más, en la fecha indicada, previa lectura y ratificación de la presente, se da por terminada la reunión.

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Disposición Nº 161/2010