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Disposición Nº 290/2010




MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


SUBDIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO


Disposición Nº 290/2010


Registro Nº 778/2010


Bs. As., 9/6/2010


VISTO el Expediente Nº 1.350.600/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y


CONSIDERANDO:


Que a foja 2 del Expediente Nº 1.350.600/09 obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA (APUAYE), por la parte gremial y EMPRENDIMIENTOS ENERGETICOS BINACIONALES SOCIEDAD ANONIMA (EBISA), por la parte empresaria, ratificado a fojas 5 y 10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).


Que en el mentado Acuerdo las partes convienen sustancialmente modificar la reglamentación para el pago de la Bonificación Anual del Punto 2º del Artículo 23 del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 800/06 "E".


Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.


Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).


Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.


Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ante esta Cartera de Estado, como así también ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.


Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.


Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.


Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 454/10.


Por ello,


EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO


DISPONE:


ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.350.600/09, celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA (APUAYE), por la parte gremial y EMPRENDIMIENTOS ENERGETICOS BINACIONALES SOCIEDAD ANONIMA (EBISA), por la parte empresaria, ratificado a fojas 5 y 10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).


ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.350.600/09.


ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.


ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido ello, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 800/06 "E".


ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).


ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ADRIAN CANETO, Subdirector Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social


Expediente Nº 1.350.600/09


Buenos Aires, 11 de junio de 2010.


De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 290/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 778/10. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.


ACTA ACUERDO


En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 16 días del mes de septiembre de 2009, entre la empresa EMPRENDIMIENTOS ENERGETICOS BINACIONALES S.A. (EBISA), representada en este acto por su Apoderado, Dr. Juan José Carbajales, y la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA (APUAYE), representada en este acto por su Presidente, Ing. Jorge ARIAS, acuerdan lo siguiente:


Cláusula Primera: Modificar el Punto 2º) de la Reglamentación para el pago de la Bonificación Anual (BA) incluida en el art. 23 "Bonificación Anual (BA)" del CCT Nº 800/06 "E" vigente, el que será de aplicación para la liquidación final y quedará redactado de la siguiente manera:


"2º) Trabajadores egresados por su voluntad, fallecidos o jubilados:


a) Al personal que al día de su renuncia por voluntad o jubilación o al día de su fallecimiento, haya cumplido ciento ochenta (180) días de trabajo en el año, se le debe abonar el total de la Bonificación Anual como si hubiese trabajado hasta el treinta y uno (31) de diciembre.


b) Al personal que no hubiese cumplido los ciento ochenta (180) días de trabajo en el año, se le liquidará la Bonificación Anual en forma proporcional a los meses trabajados.


c) Para el cumplimiento de los incisos a) y b) precedentes, se establece que el monto de la Bonificación Anual a utilizar para el cálculo será el valor máximo posible de la misma atendiendo a la antigüedad que registre el personal alcanzado de acuerdo a lo previsto en el inciso d) del art. 19 ‘Antigüedad’, incluido en el Convenio Colectivo señalado al inicio."


Leída y ratificada la presente Acta Acuerdo en todos sus términos, las Partes firman al pie en el lugar y fecha indicados, tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, quedando ambas habilitadas para solicitar la homologación correspondiente ante la autoridad de aplicación.

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