MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Disposición Nº 30/97 Designación de Representantes del FISCO NACIONAL (A.F.I.P.)
para actuar en cuestiones ajenas a la materia impositiva, aduanera
o previsional en las causas en Que la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS sea parte. Bs. As., 1/8/97 B.O.: 06/08/97
VISTO las presentes actuaciones, y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario designar representantes del FISCO NACIONAL
(ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS) para intervenir
en todo planteo jurídico relacionado con juicios ajenos
a la materia impositiva, aduanera o previsional, en jurisdicción
de la División Contencioso Administrativo Laboral dependiente
de la Dirección de Asuntos Legales Administrativos, en
los que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS sea parte.
Que la División mencionada ha formulado la propuesta respectiva,
la que cuenta con la conformidad de la Dirección de Asuntos
Legales Administrativos.
Que de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 4º
y 6º del Decreto Nº 618/97 y 1º de la Disposición
Nº 5/97 (AFIP) procede resolver en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA A CARGO
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1º-Desígnase a los abogados que se
detallan en la planilla anexa al presente artículo, quienes
se desempeñan en jurisdicción de la Dirección
de Asuntos Legales Administrativos para que actuando en forma
conjunta, separada o indistintamente en representación
y defensa del ESTADO NACIONAL ARGENTINO - MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, intervengan en todo planteo Jurídico relacionado
con Juicios ajenos a la materia impositiva, aduanera o previsional
en los que la Repartición sea parte en calidad de actora
o demandada o en cualquier otro carácter para que se presenten
con escritos, escrituras, testigos, documentos y toda clase de
pruebas, produzcan las informaciones a que hubiere lugar, formulen
denuncias, soliciten informes, interpongan en tiempo y forma en
todos los grados e instancias los recursos de apelación,
nulidad, inconstitucionalidad y otros que las leyes permitan,
tachen y recusen, pongan y absuelvan posiciones, propongan toda
clase de peritos, pidan embargos preventivos y definitivos, inhibiciones
y sus levantamientos, pidan indemnizaciones por daños y
perjuicios, formulen denuncias y querellas criminales, ratifiquen,
rectifiquen y/o prosigan las ya iniciadas en todos los casos en
que las circunstancias lo hagan procedente y cuantos más
actos, gestiones y diligencias procesales se requieran, para el
mejor cumplimiento de la representación otorgada.
ARTICULO 2º-Los representantes del FISCO no podrán
allanarse, desistir total o parcialmente, transar, percibir, renunciar
o efectuar remisión o quita de derechos, salvo autorización
expresa de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.
ARTICULO 3º-Sin perjuicio de las facultades de esta
ADMINISTRACION FEDERAL DE INCRESOS PUBLICOS para certificar la
personería, esta también podrá certificarse
por el Director de la Dirección de Asuntos Legales Administrativos
y/o el Jefe de la División Contencioso Administrativo Laboral.
ARTICULO 4º-La representación Judicial que
se atribuye por la presente Disposición no revoca la personería
de los funcionarios anteriormente designados para actuar corno
representantes del Fisco Nacional en la expresada jurisdicción.
ARTICULO 5º-Regístrese, comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese.- Cont. Púb. JORGE EDUARDO SANDULLLO,
Director General, Dirección General Impositiva, A/C. Administración
Federal de Ingresos Públicos.
PLANILLA ANEXA ARTICULO 1º DISPOSICION Nº 30/97 (AFIP)
APELLIDO Y NOMBRES: LEGAJO Nº
BORACCHIA, Laura Susana 30.166/78
BRISSOLESE de ALTGELT, Silvina M. del 30.277/24
Rosario
CUERVO, María Cristina 30.130/75
ESCOBAR ALDAO, Martín Adolfo 26.107/74
ESTOL, Ricardo Luis 28.027/08
FOUNBURG, Alejandro 29.888/81
MARINI. Jorge Alberto 24.196/44
MORASSO, Cristian Mario 90.625/31
OLAVARRIA Y AGUINAGA, Jesús 26.485/75
ROSSON, Claudia Graciela 24.298/88
SIMON DE PEREZ, María Cristina 24.430/48
e. 6/8 Nº 195.002 v. 6/8/97