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Disposición 333/98 del 20/01/98




Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Tecnología Médica



PRODUCTOS COSMETICOS



Disposición 333/98



Prohíbese el uso y comercialización en todo el
territorio nacional de los productos cosméticos elaborados
por la firma Laboratorio Famaux.



Bs. As., 20/01/98.



B. O.: 27/01/98.



VISTO el Expediente n° 1-47-1110-950-97-5 del Registro de
la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Tecnología Médica, y


CONSIDERANDO:


Que por los presentes actuados el Instituto Nacional de Medicamentos
informa que de la inspección llevada a cabo a la firma
LABORATORIO FAMAUX, sito en la calle Remedios de Escalada de San
Martín 3750, Capital Federal, con el fin de retirar muestras,
se detecto que el mismo no contaba con la habilitación
de la autoridad sanitaria correspondiente, no cuenta con Director
Técnico, ni con registro de los productos cosméticos
que comercializa.


Que como consecuencia de las circunstancias apuntadas, corresponde
como medida preventiva prohibir el uso y comercialización
en todo el territorio nacional de los productos cosméticos
elaborados por la aludida firma.


Que asimismo corresponde instruir sumario al LABORATORIO FAMAUX
por presunto incumplimiento de la Resolución M.S. y A.S.
n° 337/92.


Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección
de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención
de su competencia.


Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por
el Decreto n° 1490/92.


Por ello,


EL DIRECTOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS,
ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:


Artículo 1°- Prohíbese el uso y comercialización
en todo el territorio nacional de los productos cosméticos
elaborados por la firma LABORATORIO FAMAUX, sita en la calle Remedios
de Escalada de San Martín 3750, Capital Federal.


Art. 2°- Instrúyase sumario a la firma LABORATORIO
FAMAUX, sita en la calle Remedios de Escalada de San Martín
3750, Capital Federal, por presunto incumplimiento de la Resolución
M.S. y A.S. n° 337/92.


Art. 3°- Regístrese, comuníquese a quienes
corresponda. Dése al Departamento de Relaciones Institucionales
y Comunicación Social y a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, gírese
al Departamento de Sumarios de la Dirección de Asuntos
Jurídicos. - Andrés R. M. Pinard.

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