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Disposición 374/97 del 01/12/97




MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS



ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS



Disposición Nº 374/97 (AFIP)



Administración Federal de Ingresos Públicos.
Estructura organizativa. Su modificación.



Bs. As., 1/12/97



B.O: 5/12/97



VISTO que por el Decreto Nº 646 del 11 de julio de 1997y
la Disposición Nº 16 del 23 de julio de 1997 y sus
modificatorias, se aprobó la estructura organizativa en
este Organismo, y


CONSIDERANDO:


Que razones de índole funcional aconsejan realizar modificaciones
estructurales en el ámbito de la Dirección de Control
Aduanero dependiente jerárquicamente de la Administración
Federal de Ingresos Públicos.


Que a tales efectos y en virtud de la propuesta que en tal sentido
formulará la citada Dirección, el Departamento Organización
y Métodos ha tomado la intervención que le compete.



Que ha tomado la intervención que le compete el Grupo Coordinador
AFIP-Resolución Nº

401/97-.


Que la modificación propuesta cuenta con la conformidad
de la Dirección General de Aduanas, de la Subdirección
General de Contralor, de la Subdirección General de Planificación
y de la Dirección de Planificación Estratégica.



Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo
6º del Decreto Nº 618/97, procede disponer en consecuencia.



Por ello,


EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS

DISPONE:


ARTICULO 1º-Determinar que la unidad orgánica
con nivel de Departamento denominada "Fiscalización
Documental, y sus unidades orgánicas dependientes que se
detallan:


-División "Cargos"


-Sección "Registro de Cargos"


-Sección "Impugnación"


-División "Control de Exportación"


-Sección "Control Exportaciones Metropolitanas"



-Sección "Control Exportaciones Interior"


-División "Control de Importación"


-Sección "Control Importaciones Metropolitanas"



-Sección "Control Importaciones Interior"


existentes en el ámbito de la Dirección de Control
Aduanero, dependan jerárquicamente de la Dirección
General de Aduanas, asignándoles la acción y las
tareas que para cada una de ellas se determinan en el Anexo B,
que forma parte integrante de la presente.


ARTICULO 2º-Eliminar de la estructura organizativa
vigente todas las unidades orgánicas dependientes jerárquicamente
de la Dirección de Control Aduanero, existente en el ámbito
de la Administración Federal de Ingresos Públicos.



ARTICULO 3º-Crear una unidad orgánica con nivel
de Departamento denominada "Policía Aduanera",
dependiente jerárquicamente de la Dirección de Control
Aduanero.


ARTICULO 4º-Crear 7 (siete) unidades orgánicas
con nivel de División denominadas "Comprobación
de Destino", "Análisis y Procesamiento de la
Información", "Precursores Químicos",
"Investigaciones y Control Selectivo", "Coordinación
Operativa", "Narcotráfico" y "Apoyo
Técnico y Rilo", dependientes jerárquicamente
todas ellas del Departamento Policía Aduanera.


ARTICULO 5º-Crear 2 (dos) unidades orgánicas
con nivel de Sección denominadas "Control Selectivo"
e "Investigaciones", dependientes jerárquicamente
de la División Investigaciones y Control Selectivo.


ARTICULO 6º-Crear 3 (tres) unidades orgánicas
con nivel de Sección denominadas "Enlace con Fuerzas
de Seguridad", "Unidad de Operaciones Especiales Nº
1" y "Unidad de Operaciones Especiales Nº 2",
dependientes jerárquicamente de la División Coordinación
Operativa.


ARTICULO 7º-Crear 2 (dos) unidades orgánicas
con nivel de Sección denominadas "Inteligencia"
y "Operaciones", dependientes jerárquicamente
de la División Narcotráfico.


ARTICULO 8º-Crear 2 (dos) unidades orgánicas
con nivel de Sección denominadas "Equipos Especiales
e Instrucción" y "Estadísticas y Enlace
Internacional", dependientes jerárquicamente de la
División Apoyo Técnico y Rilo.


ARTICULO 9º-Crear una unidad orgánica con nivel
de Departamento denominada "Inspección General",
dependiente jerárquicamente de la Dirección de Control
Aduanero.


ARTICULO 10.-Crear 4 (cuatro) unidades orgánicas
con nivel de División denominadas "Depósitos
Fiscales", "Zonas Francas", "Tránsitos
Aduanas Secas y de Fronteras" y "Puertos y Aeropuertos",
dependientes jerárquicamente todas ellas del Departamento
Inspección General.


ARTICULO 11.-Crear 2 (dos) unidades orgánicas con
nivel de Sección denominadas "Puertos" y "Aeropuertos",
dependientes jerárquicamente de la División Puertos
y Aeropuertos.


ARTICULO 12.-Crear una unidad organice con nivel de División
denominada, "Sumarios de Prevención", dependiente
jerárquicamente de la Dirección de Control Aduanera.



ARTICULO 13.-Crear 9 (nueve) unidades orgánicas
con nivel de Sección denominadas "Secretaría
Prevencional Nº 1", "Secretaría Prevencional
Nº 2", "Secretaría Prevencional Nº
3", "Secretaría Prevencional Nº 4",
"Secretaría Prevencional Nº 5", "Secretaría
Prevencional Nº 6", Secretaría Prevencional Nº
7", "Secretaría Prevencional Nº 8",
y "Registro de Infractores", dependientes jerárquicamente
de la División Sumarios de Prevención.


ARTICULO 14.-Crear una unidad orgánica con nivel
de Sección denominada "Administrativa", dependiente
jerárquicamente de la Dirección de Control Aduanero.



ARTICULO 15.-Crear una unidad orgánica con nivel
de División denominada "Asuntos Internos", dependiente
jerárquicamente de la Subdirección General de Contralor.



ARTICULO 16.-Crear una unidad organice con nivel de Sección
denominada "Seguridad", dependiente jerárquicamente
de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.



ARTICULO 17.-Reemplazar la responsabilidad primaria y las
acciones de la unidad orgánica con nivel de Dirección
denominada "Control Aduanero", por las que para ella
se determinan en el Anexo B que forma parte integrante de la presente.



ARTICULO 18.-Asignar a las unidades orgánicas creadas
por los artículos 3º, 4º, 5º, 6º, 7º,
8º, 9º, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 las acciones y las
tareas -según corresponda- que para cada una de ellas se
detallan en el Anexo B, que forma parte integrante de la presente.



ARTICULO 19.-Reemplazar los Anexos A10 y A44 de la Disposición
Nº 16/97 y sus modificatorias, por los que se aprueban por
la presente.


ARTICULO 20.-Crear como Anexos A46 y A47 de la Disposición
Nº 16/97 y sus modificatorias, los que se aprueban por la
presente.


ARTICULO 21.-Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.-CARLOS ALBERTO SILVANI - Administrador Federal.



ANEXOS A10 y A44

ANEXOS A46 y A47

ANEXO B


DIRECCION DE CONTROL ADUANERO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA


Controlar la aplicación de la legislación aduanera
y ejercer el Poder de Policía Aduanera en todo el país,
según lo establecido en la Sección II del Código
Aduanero - Ley Nº 22.415.


ACCIONES


1.-Prevenir y reprimir en todo el ámbito Jurisdiccional
de la Repartición, el tráfico indebido de drogas
peligrosas.


2.-Realizar el control documental y operativo de destinaciones
aduaneras en las que pudieran existir irregularidades.


3.-Prevenir y reprimir los actos ilícitos y las infracciones
aduaneras.


4.-Practicar las labores de inteligencia que permitan la detección
de hechos dolosos en materia aduanera.


5.-Diseñar los métodos de trabajo a emplear para
la consecución de sus objetivos.


DEPARTAMENTO POLICIA ADUANERA

ACCION


Ejercer el poder de policía aduanera, supervisando el cumplimiento
y aplicación de la legislación con el fin de prevenir
y reprimir ilícitos aduaneros, realizar la comprobación
de destino de las mercaderías que se importen al amparo
de franquicias e impulsar planes estratégicos en la lucha
contra el narcotráfico.


TAREAS


1.-Efectuar las tareas de vigilancia, comprobación o investigación
para la prevención y represión del delito de contrabando
su tentativa o encubrimiento.


2.-Intervenir en las investigaciones y procedimientos referidos
a la prevención y represión y de las infracciones
aduaneras.


3.-Ejercer las interdicciones de las mercaderías que se
sospechen en infracción y disponer el levantamiento de
dicha medida cuando así proceda.


4.-Ejercer el secuestro de mercaderías, medios de transporte
y demás elementos producto de contrabando o sospechosos
de infracción aduanera, así como también
efectuar la detención de personas incursas en esa infracción
o sospechosas de incurrir en ellas.


5.-Coordinar la realización de acciones conjuntas con las
fuerzas de seguridad.


6.-Procesar la información interna y externa a fin de prevenir
ilícitos aduaneros.


7.-Dar cumplimiento a los planes estratégicos elaborados
en la lucha contra el narcotráfico.


8.-Controlar el uso o destino dado a las mercaderías importadas
al amparo de regímenes especiales.


9.-Controlar que se cumplan las normas legales con las comunicaciones
internacionales por medio de su red interna.


10.-Entender en las relaciones con otros organismos nacionales
y extranjeros afines a la función de lucha contra el narcotráfico.



DIVISION COMPROBACION DE DESTINO

ACCION


Efectuar la comprobación de destino de las mercaderías
que se importen al amparo de franquicias.


TAREAS


1.-Inspeccionar los estados demostrativos de las firmas que ingresan
mercaderías bajo el régimen de comprobación
de destino, e Intervención por averías, desafectación
y transferencias.


2.-Verificar facturas comerciales remitidas por las Aduanas del
Interior para constatar la autenticidad de las mismas e introducción
a plaza de las mercaderías involucradas.


3.-Verificar mercaderías introducidas por admisión
temporaria.


4.-Secuestrar y/o interdictar, y proceder en el levantamiento
de la medida cautelar sobre mercaderías dispuesta oportunamente,
en todos los casos por el Departamento Contencioso.


5.-Inspecciónar mercaderías ingresadas al amparo
del Decreto Nº 732/72 y Decreto Nº 937/90 (Ley de Emergencia).



6.-Inspecciónar mercaderías ingresadas en franquicia,
otorgadas por la Dirección Nacional de Migraciones (Resolución
Nº 557/89 - Ley 22.439).


7.-Verificar la posesión de automotores de discapacitados
(Decreto Nº 1078/90).


DIVISION ANALISIS Y PROCESAMIENTO DE LA INFORMACION

ACCION


Requerir, captar, procesar, intercambiar, analizar, administrar
y suministrar información para las tareas propias de la
División y demás dependencias de la Dirección
de Control Aduanero.


TAREAS


1.-Generar y mantener actualizado el sistema de recepción,
recopilación, análisis y procesamiento de la información
vinculada al tráfico internacional de mercaderías.



2.-Proponer de oficio investigaciones y procedimientos que tiendan
a la prevención y/o detección de infracciones y
delitos aduaneros y demás transgresiones que pudieran cometerse
en el tráfico internacional de mercaderías.


3.-Promover intercambio informativo con organismos nacionales
e internacionales vinculados directa e indirectamente al tráfico
internacional de mercaderías solicitando información
y antecedentes a administraciones aduaneras extranjeras y demás
organismos competentes en la materia.


4.-Proceder a la lectura y análisis de la base de datos,
a las operaciones de importación y exportación-despachos,
permisos de embarque, manifiestos, etc.-elevar informe v conclusiones.



5.-Recepciónar, ordenar y procesar información de
terceros y generada en el área, que permita determinar
la comisión de transgresiones, prohibiciones y restricciones
a la importación y exportación, practicas fraudulentas,
vigencia de habilitaciones, regulaciones de otros organismos,
etc.


6.-Evaluar y proponer la pertinencia de llevar a cabo investigaciones
en el exterior en forma individual o coordinada con otros organismos,
para la prevención y detección de ilícitos
aduaneros.


7.-Mantener actualizada la base de datos de la Superioridad, con
información vinculada al tráfico internacional de
mercaderías, y de procedimientos e investigaciones y demás
antecedentes que se estimen de interés.


8.-Incrementar el intercambio informativo con las áreas
informativas y técnicas sobre controles practicados en
las operaciones de importación y exportación y con
las Aduanas del Interior.


9.-Promover el desarrollo de metodología para captar y
administrar información que facilite la detección
de la comisión de ilícitos e infracciones aduaneras.



10.-Recepciónar, recopilar y procesar información
de las distintas áreas de esta Dirección, a los
efectos de administrar una base de datos única de antecedentes
por área de control, así como la información
producida por áreas asignadas por Resolución Nros.
1166/92 y 125/97.


11.-Intercambiar la información con distintos organismos
como el Registro General de la Propiedad del Automotor, la División
Investigaciones Patrimoniales del Narcotráfico de Policía
Federal Argentina, etc.


DIVISION INVESTIGACIONES Y CONTROL SELECTIVO

ACCION


Intervenir supervisando a modo de control secundario las distintas
operaciones aduaneras a fin de prevenir y/o reprimir infracciones
y/o delitos aduaneros por si, o en colaboración con otras
áreas de esta Administración Federal.


TAREAS


1.-Realizar investigaciones referidas a delitos e infracciones
aduaneras.


2.-Realizar inspecciones y auditorías contables en firmas,
comercios, depósitos o lugares donde se presuma la existencia
de mercaderías ingresadas ilegalmente a fin de examinar
todo tipo de documentación involucrada en las investigaciones
y relacionada con el comercio exterior.


3.-Supervisar las distintas destinaciones aduaneras en forma selectiva
y adoptar las medidas de prevención que correspondan ante
maniobras delictivas o infracciones aduaneras.


SECCION CONTROL SELECTIVO

ACCION


Desarrollar acciones de supervisión selectiva y aleatoria
del universo de las operaciones aduaneras sujetas a la misma.
Con los resultados obtenidos formar perfiles inteligentes de control
a efectos de asesorar a la Superioridad en la toma de decisiones.



TAREAS


1.-Formular perfiles relativos a determinación y búsqueda
de funciones inteligentes.


2.-Desarrollar acciones de supervisión selectiva de destinaciones
de importación/exportación tanto en zona primaria
como secundaria.


3.-Generar en base a las supervisiones antes señaladas,
programas investigativos elevados a la Superioridad.


4.-Participar, en los operativos que determine el Departamento
Policía Aduanera, cuando a juicio de esa instancia resulten
necesarios.


SECCION INVESTIGACIONES

ACCION


Generar investigaciones propias y/o en cumplimiento de solicitudes
promovidas por otras dependencias, organismos, poder judicial
referidas a delitos y/o infracciones aduaneras previstas en la
Ley 22.415.


TAREAS


1.-Realizar investigaciones referidas al delito de contrabando,
su instigación o encubrimiento y demás infracciones
aduaneras.


2.-Realizar inspecciones en comercios y en todo otro lugar ubicado
en el territorio nacional, donde se presuma la existencia de mercaderías
que probablemente hayan ingresado ilegalmente.


3.-Solicitar y realizar el examen de documentación relacionada
con la importación y la exportación.


4.-Supervisar las distintas destinaciones aduaneras y adoptar
las medidas de prevención que correspondan ante maniobras
delictivas o infracciones aduaneras.


5.-Realizar un relevamiento de la ubicación o movimiento
de depósitos y mercaderías a fin de realizar una
correcta prevención de delitos e infracciones aduaneras.



6.-Generar investigaciones propias en base a seguimientos informáticos
de acuerdo con distintos parámetros (posición arancelarias,
orígenes, procedencias, destinos, triangulación,
etc.).


7.-Realizar auditorias contables a firmas, relacionadas o no,
en comprobación de la comisión de distintos ilícitos.



8.-Efectuar investigaciones contables sobre la base de denuncias
plasmadas en el organismo y trasladadas a esta instancia por competencia.



9.-Proseguir y concluir investigaciones generadas por otras áreas
de esta Administración Federal.


DIVISION COORDINACION OPERATIVA

ACCION


Coordinar la puesta en marcha de estrategias y procedimientos
realizados y/o solicitados por otras arcas de esta Administración
Federal, fuerzas de seguridad, agencias de control o Juzgados
Federales, dando cumplimiento a todo requerimiento de orden judicial
referido en forma genérica a cumplimiento de ordenes de
allanamiento, secuestro o interdicción de mercaderías
y detención de personas como así también
supervisar a modo de control secundario toda la operatoria aduanera
referida a destinaciones suspensivas y/o definitivas.


TAREAS


1.-Proceder al secuestro de mercaderías, medios de transporte
y demás instrumentos producto de contrabando o sospechados
de infracción, en el ámbito del territorio nacional.



2.-Realizar inspecciones y allanamientos en domicilios, comercios
y en todo otro lugar ubicado en territorio nacional donde se presuma
la existencia de mercadería ingresada ilegalmente y el
levantamiento de las medidas cautelares adoptadas en cumplimiento
de dichos procedimientos, cuando así se lo ordenare.


3.-Realizar en rutas y caminos la verificación de cargas
y equipajes, como así también el examen de la documentación
de carga, de mercadería relacionada con la importación
y la exportación.


4.-Proponer de oficio procedimientos que tiendan a la prevención
y/o detección de infracciones y delitos aduaneros y demás
que pudieran cometerse en el tráfico internacional de mercaderías.



5.-Intervenir en forma selectiva en las operaciones de reembarco,
trasbordo, traslados, etc. de mercadería.


6.-Intervenir a requerimiento de otras dependencias en la constitución
y/o levantamiento de medidas cautelares y/o proceder al secuestro
de mercaderías.


7.-Requerir los servicios de policía adicional y actuar
como veedor en los traslados de valores y mercadería de
alto riesgo, conforme fuera solicitado por distintas dependencias
en orden al cumplimiento de oficios judiciales.


8.-Intervenir en la recepción, registro, custodia, traslado
y destrucción de estupefacientes.


9.-Efectuar la custodia de detenidos alojados en calabozos por
orden judicial y traslado de los mismos.


SECCION ENLACE CON FUERZAS DE SEGURIDAD

ACCION


Actuar como enlace en investigaciones y en la coordinación
de operaciones con otras fuerzas de seguridad, para la represión
y prevención de delitos e infracciones aduaneras. Prestar
apoyo en las operaciones que se realicen en forma conjunta.


TAREAS


1.-Programar, coordinar y desarrollar operativos conjuntos con
otras fuerzas de seguridad.


2.-Actuar como canal de comunicación interfuerzas.


3.-Recopilar información de otros organismos.


4.-Requerir el apoyo de otros organismos para operaciones especiales.



SECCION UNIDAD DE OPERACIONES ESPECIALES

(Tipo Nros. 1 y 2)

ACCION


Dar cumplimiento a todo tipo de órdenes judiciales referidas
en forma genérica al cumplimiento de ordenes de allanamiento,
secuestro o interdicción de mercaderías y detención
de personas, como así también supervisar a modo
de control secundario toda la operatoria aduanera referida a destinaciones
suspensivas y/o definitivas.


TAREAS


1.-Proceder al secuestro de mercaderías, medios de transporte
y demás instrumentos producto de contrabando o sospechados
de infracción, en el ámbito del territorio nacional.



2.-Realizar inspecciones y allanamientos en domicilios, comercios
y en todo otro lugar ubicado en territorio nacional donde se presuma
la existencia de mercadería ingresada ilegalmente y el
levantamiento de las medidas cautelares adoptadas en cumplimiento
de dichos procedimientos, cuando así se lo ordenare.


3.-Realizar en rutas y caminos la verificación de cargas
y equipajes, como así también el examen de la documentación
de carga, de mercadería relacionada con la importación
y la exportación.


4.-Proponer de oficio procedimientos que tiendan a la prevención
y/o detección de infracciones y delitos aduaneros y demás
que pudieran cometerse en el tráfico internacional de mercaderías.



5.-Intervenir en forma selectiva en las operaciones de reembarco,
trasbordo, traslados, etc. de mercadería.


6.-Intervenir a requerimiento de otras dependencias en la constitución
y/o levantamiento de medidas cautelares y/o proceder al secuestro
de mercaderías.


7.-Efectuar la custodia de detenidos alojados en calabazos por
orden judicial y traslado de los mismos.


DIVISION NARCOTRAFICO

ACCION


Realizar planes estratégicos en la lucha contra el narcotráfico,
supervisar las tareas asignadas a las distintas secciones y efectuar
todas las investigaciones y tareas de Inteligencia ordenadas por
la Superioridad, por la justicia, y de oficio en cumplimiento
de la función específica.


TAREAS


1.-Dar cumplimiento a los planes estratégicos elaborados.



2.-Supervisar todas las tareas de investigaciones, operacionales,
apoyo técnico, y las relacionadas con las Aduanas del Interior,
así como las investigaciones relacionadas con movimientos
financieros y lavado de dinero.


3.-Ejercer el poder de policía y fuerza pública
en los casos vinculados con el tráfico indebido de drogas
peligrosas.


SECCION INTELIGENCIA

ACCION


Realizar todas las investigaciones y tareas de inteligencia ordenadas
por la Superioridad, por la justicia y de oficio en cumplimiento
de la función específica, elaborando informes y
toda actividad necesaria para producir inteligencia.


TAREAS


1.-Practicar las investigaciones de hechos, personas, actividades,
etc., para determinar la comisión de ilícitos.


2.-Acopiar, evaluar y procesar la información que se obtenga
de medios oficiales, privados, judiciales, informantes, o cualquier
otro medio posible. Establecer medios para organizar y difundir
la información que debe transformarse en acciones de control.



3.-Requerir los desarrollos informáticos necesarios para
contar con sistemas de control, estadísticos y de recopilación
de información adicional sobre la producción, importación,
exportación, distribución, etc., de los productos
químicos para la elaboración de drogas y para la
fabricación de armas químicas.


4.-Desarrollar investigaciones sobre evolución económico
y/o financiera, movimientos de fondos, operaciones de importación-exportación
que puedan significar blanqueos de dinero o lavado de dinero proveniente
del narcotráfico.


5.-Realizar investigaciones ordenadas por los jueces, como así
también actividades relacionadas con seguimientos y detención
de personas, allanamientos de domicilios, secuestros de drogas,
escuchas telefónicas y toda otra inherentes a hechos delictivos.



SECCION OPERACIONES

ACCION


Ejercer el control prevencional y ejecutar tareas de procedimientos
en aeropuertos, puertos, red ferroviaria, rutas camineras, fronteras
y en todo lugar ordenado por la justicia.


TAREAS


1.-Programar, coordinar y desarrollar operativos en toda la jurisdicción
aduanera.


2.-Desarrollar en la zona primaria aduanera programas de control
con equipo de personal entrenado sobre pasajeros, mercaderías
y medios transportadores, equipajes, etc., para prevenir y reprimir
los ilícitos con drogas.


3.-Practicar operativos de rutina y/o especiales o sorpresivos
sobre los objetivos, que se determinen como de alto riesgo por
su itinerario, tipo de mercadería, clase de medio transportador
o inteligencia previa.


4.-Establecer un sistema computarizado de estadísticas
o seguimientos, de cargas, medios transportadores, rutas, procesos,
etc. para apoyar la determinación de objetivos.


5.-Coordinar con autoridades oficiales o entidades privadas las
actividades conducentes a un mayor control sobre los movimientos
de drogas o productos químicos controlados dentro de la
zona primaria aduanera.


6.-Mantener actualizado el listado de empresas inscriptas ante
la Secretaría para la Prevención de la Drogadicción
y Lucha contra el Narcotráfico, informando a las Aduanas
de los cambios producidos, en tiempo y forma.


7.-Realizar investigaciones en base a informes emanados de la
División y de otras dependencias de la Repartición,
así como por pedidos de organismos gubernamentales nacionales
y extranjeros.


8.-Controlar cargas de productos químicos en puertos, aeropuertos,
empresas y rutas, de acuerdo a investigaciones propias o informaciones
recibidas en el Departamento.


9.-Realizar comprobaciones a empresas productoras y exportadoras
de productos químicos para fabricación de armas
químicas, reguladas por el Decreto Nº 603/92 y la
Resolución de la Ex-Administración Nacional de Aduanas
Nº 1046/92.


DIVISION PRECURSORES QUIMICOS

ACCION


Ejercer el control de importación y exportación
de precursores químicos fiscalizados.


TAREAS


1.-Requerfr los desarrollos informáticos necesarios para
contar con sistemas de control, estadísticos y de recopilación
de información adicional sobre la producción, importación,
exportación, distribución, etc., de los productos
químicos para la elaboración de drogas.


2.-Realizar comprobaciones a empresas productoras, consumidoras,
importadoras, exportadoras y distribuidoras de productos químicos,
obteniendo datos referidos a sus actividades, como así
también a proveedores y clientes, métodos de almacenaje
y transporte, medidas de seguridad, etc., confeccionándose
un perfil de cada empresa, cruzándolos con la información
obtenida de otras fuentes.


3.-Realizar investigaciones en base a informes emanados de la
división y de otras dependencias de esta Administración
Federal, así como por pedido de organismos gubernamentales
nacionales y extranjeros.


DIVISION APOYO TECNICO Y RILO

ACCION


Dar apoyo inmediato a las tareas que realiza el Departamento,
mantener enlace internacional por medio de la Red Rilo para la
coordinación de inteligencia, llevar estadísticas,
y administrar el uso y el mantenimiento de los equipos especiales.



TAREAS


1.-Atender la incorporación y utilización de modernos
medios técnicos electrónicos, equipos y materiales
necesarios para el desarrollo de investigaciones, procedimientos,
etc.


2.-Efectuar el mantenimiento del armamento, su control, programar
las prácticas del personal, comprobar la instrucción
y su calificación en la materia.


3.-Controlar el mantenimiento correcto de los automotores para
las necesidades del servicio.


4.-Preparar los programas de instrucción sobre la materia
y desarrollar los mismos para el personal del Departamento y para
aquellas dependencias a requerimiento de esta Administración
Federal.


5.-Establecer una comunicación permanente y una red de
análisis sobre la lucha contra la droga y el fraude comercial
entre los miembros de las oficinas regionales RILO (Oficina regional
para la coordinación de inteligencia) y las sedes de la
Organización Mundial Aduanera.


6.-Generar y mantener actualizado el sistema de recepción,
recopilación e investigación (proceso y análisis)
de la información vinculada al tráfico internacional
de estupefacientes y/o fraude aduanero.


7.-Generar alertas de "Modus Operandi" a raíz
de procedimientos realizados por la aduana y otras fuerzas, como
así también recepcionar las alertas distribuidas
por RILO, para conocimiento de las partes que determine la Superioridad.



8.-Incrementar la reciprocidad informática con los organismos
nacionales e internacionales vinculados directa o indirectamente
al tráfico de estupefacientes y/o fraude aduanero.


9.-Recabar información y antecedentes de Administraciones
Aduaneras nacionales y extranjeras y demás organismos componentes
en la materia.


10.-Evaluar la información recibida por investigaciones
en el exterior en forma centralizada o coordinada con otros organismos
para la prevención y detección del tráfico
de estupefacientes y/o fraude aduanero.


11.-Mantener vigentes y actualizadas las bases de datos del Departamento
con información vinculada con el tráfico de estupefacientes
y/o fraude aduanero y de procedimientos e investigaciones y demás
antecedentes que se estime de interés.


SECCION EQUIPOS ESPECIALES E INSTRUCCION

ACCION



Elaborar los planes de instrucción para el personal de
la Dirección y de otras áreas que lo requieran,
en lo referente a la represión y prevención de infracciones
e ilícitos aduaneros y la lucha contra el narcotráfico.
Mantener en estado de uso todos los equipos especiales que se
encuentren bajo su custodia, para dar inmediato apoyo a las áreas
que así lo requieran.


TAREAS


1.- Elaborar y mantener actualizados los inventarios de armas:
municiones, automotores y demás equipos especiales de toda
la Dirección.


2.- Tramitar y otorgar las credenciales extendidas por el RENAR
-tenencia, portación y legítimo usuario- para todos
los agentes de la Dependencia.



3.- Efectuar el mantenimiento del armamento y su control, programando
las prácticas del personal, su instrucción y su
calificación en la materia.



4.- Atender la incorporación y utilización de modernos
medios técnicos y electrónicos, equipos y materiales
necesarios para el desarrollo de las investigaciones, procedimientos,
etc.



5.- Controlar el mantenimiento de los automotores para su eficaz
funcionamiento en las tareas del área.



6.- Preparar los programas de instrucción sobre la materia
y desarrollar los mismos para el personal de esta Administración
Federal.



SECCION ESTADISIICAS Y ENLACE INTERNACIONAL

ACCION


Elaborar todas las estadísticas afines con la función
específica y mantener el enlace internacional con todas
las oficinas regionales de RILO y la sede de la Organización
Mundial de Aduanas.



TAREAS


1.- Recopilar información y antecedentes en materia de
administraciones aduaneras extranjeras y demás organismos.



2.- Generar alertas de "Modus Operandi" como así
también recepcionar las alertas distribuidas por RILO,
para conocimiento de las partes que determine la superioridad.



3.- Mantener en vigencia y actualizada las bases de datos de la
Dirección vinculada al fraude aduanero y/o al tráfico
de estupefacientes y toda otra información relacionada
con la materia.



4.- Incrementar la reciprocidad informática con los organismos
nacionales e internacionales vinculados directa o indirectamente
al tráfico de estupefacientes y/o fraude aduanero.



5.- Controlar que se cumplan las normas legales con las comunicaciones
internacionales por medio de su red interna, manteniendo las bases
de datos y correo electrónico para sostener una comunicación
permanente con administraciones aduaneras extranjeras, oficinas
regionales, etc.



DEPARTAMENTO INSPECCION GENERAL

ACCION


Disponer y coordinar la actividad de supervisión de la
operatoria aduanera que será ejecutada por las Divisiones
de su dependencia, con el propósito de detectar la posible
comisión de infracciones o ilícitos.


TAREAS


1.- Efectuar supervisiones a la operatoria aduanera, observando
la correcta aplicación de la legislación vigente.



2.- Ejercer las investigaciones necesarias referidas a la detección
y prevención de delitos e infracciones aduaneros, instigación
y/o encubrimiento.


3.- Realizar inspecciones y allanamientos en locales comerciales,
depósitos y todo otro lugar ubicado en el territorio aduanero
donde se presuma la existencia de mercaderías ingresadas
ilegalmente al mismo.


4.- Llevar a cabo en rutas y caminos el control de medios de transporte
y mercaderías objeto de destinaciones de exportación
e importación, como así también de los documentos
inherentes.


5.- Intervenir en el secuestro de mercaderías y medios
de transporte y en la detención de personas implicadas
en las acciones anteriores.


6.- Ejercer el poder de policía aduanera y la fuerza pública
necesario para el cometido de ellas.



DIVISION DEPOSITOS FISCALES

ACCION



Efectuar la supervisión, como control secundario, de las
distintas operaciones aduaneras que se realicen en depósitos
fiscales, a efectos de prevenir y/o reprimir infracciones y/o
delitos aduaneros por sí. Asimismo le corresponderá
verificar el cumplimiento de las disposiciones vigentes por parte
de los responsables y/o titulares de depósitos fiscales.



TAREAS


1.- Realizar investigaciones referidas al delito de contrabando,
o encubrimiento y demás infracciones aduaneras.


2.- Realizar inspecciones y allanamientos en depósitos
fiscales, ante la presunción de existencia de mercaderías
ingresadas ilegalmente y/o en infracción.


3.- Realizar la supervisión de la documentación
de las distintas destinaciones aduaneras, efectuando la verificación
y el control selectivo de contenedores y mercadería desconsolidada,
adoptando de ser preciso las medidas preventivas que correspondan.



4.- Controlar el cumplimiento de las condiciones de habilitación
de los depósitos fiscales, establecidas en la normativa
vigente.


DIVISION ZONAS FRANCAS

ACCION


Efectuar la supervisión y el control secundario de las
distintas operaciones aduaneras que se realicen en zonas francas,
a efectos de prevenir y/o reprimir infracciones y/o delitos aduaneros
por sí, o en colaboración con otras fuerzas y/o
en cumplimiento de órdenes judiciales.


TAREAS


1.- Realizar investigaciones referidas al delito de contrabando,
su instigación o encubrimiento y demás infracciones
aduaneras.


2.- Supervisar las operaciones de importación y exportación
que se realicen como consecuencia del ingreso y egreso de mercaderías
de la zona franca, efectuando el control de la documentación
y la verificación selectiva de las cargas y medios transportadores.



3.-Controlar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes
que deben observar los titulares y/o responsables de zonas francas.



DIVISION TRANSITOS, ADUANAS SECAS Y DE FRONTERAS

ACCION


Desarrollar acciones selectivas tendientes a establecer controles
sobre el flujo de mercaderías en tránsito. Asimismo
le corresponderá promover acciones de contralor sobre la
operatoria de significación que se canalice por las aduanas
secas o de frontera, con el objeto de complementar las medidas
de vigilancia sobre tránsitos con destinaciones locales
o internacionales.


TAREAS


1.- Establecer mecanismos de control que permitan resguardar la
indemnidad de las cargas transportadas en tránsito dentro
del territorio aduanero.


2.- Practicar operativos selectivos de control sobre tránsitos
con destinación local o internacional.


3.- Entender en las operaciones de investigación y contralor
vinculados a despachos de importación o exportación
documentados en Aduanas secas o de fronteras.



4.- Desarrollar acciones de verificación muestral sobre
embarques de importación o exportación despachados
por Aduanas secas o de frontera.


DIVISION PUERTOS Y AEROPUERTOS

ACCION


Desarrollar actividades de contralor e investigación en
jurisdicción portuaria o aeroportuaria por las que se produzcan
exportaciones o importaciones de mercaderías, con el propósito
de prevenir la comisión de infracciones o ilícitos,
como así también la detección de los mismos.



TAREAS


1.- Producir operativos de control con periodicidad aleatoria
en jurisdicción aeroportuaria a efectos de instalar una
instancia de supervisión sorpresiva.



2.-Producir operativos periódicos de control con periodicidad
aleatoria en jurisdicción portuaria a efectos de instalar
una instancia de supervisión sorpresiva.


3.- Desarrollar operaciones de investigación e inteligencia
en dichas áreas.


4.- Proceder a la vigilancia y contralor de importaciones o exportaciones
efectuadas en las jurisdicciones para las que resulta competente,
poniendo énfasis en aquellos embarques cuyos responsables
y/o despachantes y/o transportistas registran antecedentes en
el respectivo registro de infractores.


SECCION AEROPUERTOS

ACCION



Efectuar la supervisión y control secundario, de las distintas
operaciones aduaneras que se realicen en aeropuertos, a efectos
de prevenir y/o reprimir infracciones y/o delitos aduaneros por
sí, o en colaboración con otras fuerzas y/o en cumplimiento
de órdenes judiciales.



TAREAS



1.- Realizar investigaciones referidas al delito de contrabando,
su instigación o encubrimiento y demás infracciones
aduaneras.


2.- Realizar la verificación selectiva de cargas y equipajes
arribados a terminales aéreas, examinando su documentación
y adoptando de ser preciso las medidas de prevención correspondientes
ante presuntas maniobras delictivas o infracciones aduaneras.



3.- Realizar inspecciones y allanamientos en aeropuertos, ante
la presunción de existencia de mercaderías ingresadas
ilegalmente y/o en infracción y el levantamiento de las
medidas prevencionales adoptadas en cumplimiento de dichos procedimientos
cuando así se lo ordene.


4.- Efectuar inspecciones y visitas de fondeo en navíos
cargueros o de pasajeros.


SECCION PUERTOS

ACCION


Efectuar la supervisión y control secundario de las distintas
operaciones aduaneras que se realicen en puertos, a efectos de
prevenir y/o reprimir infracciones y/o delitos aduaneros por sí,
o en colaboración con otras fuerzas y/o en cumplimiento
de ordenes judiciales.


TAREAS


1.- Realizar investigaciones referidas al delito de contrabando,
su instigación o encubrimiento y demás infracciones
aduaneras.


2.- Realizar la verificación selectiva de cargas y equipajes
arribados a terminales aéreas, examinando su documentación
y adoptando de ser preciso las medidas de prevención correspondientes
ante presuntas maniobras delictivas o infracciones aduaneras.



3.-Realizar inspecciones y allanamientos en puertos, ante la presunción
de existencia de mercaderías ingresadas ilegalmente y/o
en infracción y el levantamiento de las medidas prevencionales
adoptadas en cumplimiento de dichos procedimientos, cuando así
se lo ordene.



4.- Efectuar inspecciones y visitas de fondeo en navíos
cargueros o de pasajeros.


DIVISION SUMARIOS DE PREVENCION

ACCION



Instruir los sumarios de prevención por delitos aduaneros,
previo análisis y consulta con la Dirección, para
dar intervención a los Jueces en lo Penal Económico,
oficiando de nexo con dichos magistrados y otras fuerzas preventoras.



TAREAS


1.- Ejecutar las diligencias ordenadas por la Superioridad en
causas originadas en procedimientos realizados por la Dirección
General de Aduanas y/o por otras fuerzas.


2.- Instruir los sumarios de prevención para su posterior
elevación al Juzgado de turno y enviar copia a los jueces
contenciosos, de conformidad con las pautas operativas impartidas
por la Superioridad.


3.- Adoptar todas las medidas cautelares previstas por la Ley,
dando cuenta de las mismas a quien corresponda.


4.- Colaborar en la realización de investigaciones y procedimientos
ordenados por autoridad competente.


5.- Oficiar de nexo entre los juzgados de competencia y la Dirección
General de Aduanas y con todas las demás fuerzas de prevención
- seguridad en temas concernientes a delitos aduaneros.


SECCION REGISTRO DE INFRACTORES

ACCION


Concretar y mantener actualizado un sistema informático
de infractores a las normas aduaneras, en el que consten todos
los antecedentes de personas tanto físicas como jurídicas,
referidos a condenas provenientes de actuaciones delictivas e
infracciones de carácter aduanero y proporcionar los informes
relativos de estos antecedentes que le sean solicitados.


1.- Identificar a las personas involucradas en los sumarios preventivos
iniciados por dependencias de la Dirección, con la correspondiente
apertura del prontuario (Identificación cromática
y morfológica, dactiloscópica, toma de fotografías
y ficha patronímica, carátula y fallo, etc.).


2.- Clasificar y archivar las fichas dactiloscópicas, confeccionadas
por ésta, como así también las remitidas
por otras fuerzas de seguridad.


3.- Proporcionar y recepcionar de los Organismos Nacionales y/o
Provinciales competentes los antecedentes de inculpados, sean
estos personas físicas o jurídicas.


4.- Evacuar consultas relacionadas con pedidos de antecedentes
obrantes en el registro de personas tanto físicas como
jurídicas, provenientes de las distintas dependencia aduaneras,
de otras fuerzas de seguridad, juzgados, etc.


5.- Evaluar los distintos fallos, tanto judiciales como administrativos
y resoluciones de las distintas Aduanas para su adecuada carga
al sistema informático.


6.- Confección de listados semanales con las incorporaciones
de antecedentes al sistema informático, altas, agregados,
etc.


SECCION SECRETARIA PREVENCIONAL

(Tipo N° 1 a 8)

ACCION


Instruir los sumarios preventivos por delitos aduaneros con intervención
del fuero penal económico. Registrar los sumarios preventivos
de otras fuerzas preventoras por infracciones aduaneras para la
posterior apertura de los sumarios administrativos, observando
las pautas de trabajo ordenadas por la Superioridad.


TAREAS


1.- Diligenciar las medidas judiciales (allanamientos, secuestros,
interdicción y levantamiento de mercaderías, captura
de personas, tramitar oficios y/o exhortos, realizar ambientales,
etc.) ordenadas por los magistrados del fuero penal económico.



2.- Notificar al área legal causas penales iniciadas a
raíz de la instrucción de sumarios preventivos originados
por esta dependencia y radicados en el fuero penal económico
con el objeto de su eventual intervención como querellante
como así también, en los casos de sumarios preventivos
instruidos por otras fuerzas de seguridad de cuya evaluación
surja la conveniencia de la notificación al área
mencionada precedentemente.


3.- Llevar los registros de los sumarios preventivos aperturados
tanto por esta instancia como de los provenientes de otras Fuerzas
de Seguridad (conforme Art. N° 1121 inc. b) de la Ley N°
22.415), como así también de las actuaciones administrativas
derivadas de éstos.



4.- Dar intervención a la Superioridad cuando correspondiere
juzgar la conducta de personal aduanero.


5.- Colaborar con las otras Fuerzas de Seguridad cuando así
lo ordenen los magistrados intervinientes.


6.- Participar en los operativos que determine el Departamento,
cuando a juicio de esa instancia resulte necesario.


7.- Oficiar de enlace entre los Juzgados Nacionales en lo Penal
Económico y la Dirección General de Aduanas y las
demás Fuerzas de Seguridad en temas inherentes a la función
específica de la instrucción.


SECCION ADMINISTRATIVA

ACCION


Entender en la recepción, registro y despacho de la documentación
que ingresa a la Dirección, realizar el adecuado suministro,
mantenimiento y conservación de los bienes materiales asignados
- que no constituyan equipos especiales -, y atender los asuntos
inherentes a los recursos humanos de la misma.



TAREAS



1.-Recepcionar, registrar y despachar toda la documentación
que ingresa a la Dirección y efectuar los cargos y descargos
respectivos.



2.-Intervenir en el control y dar el correspondiente curso a los
asuntos relacionados con el personal de la Dirección.


3.-Intervenir en el control, distribución y mantenimiento
de los bienes materiales.



4.-Recepctonar, tramitar y efectuar el control de las respuestas
a los oficios judiciales que se recepcionen en el área,
en los plazos que se fijen judicialmente.



5.-Mantener actualizado y compilar las disposiciones relativas
al funcionamiento de la Dirección de Control Aduanero y
aquellas de interés para la misma.



6.-Partlclpar al área pertinente del movimiento de los
fondos provenientes de la caja chica.



7.-Intervenir en la preparación del plan anual de necesidades
de bienes y servicios.



DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO FISCALIZACION DOCUMENTAL

ACCION



Efectuar la revisión de las actuaciones y documentos aduaneros
una vez concluida su tramitación ante las Aduanas, de conformidad
con las disposiciones aplicables, formular rectificaciones y cargos,
así como intervenir en las devoluciones que correspondieren.



TAREAS



1.-Efecluar la revisión de las actuaciones documentales
aduaneras una vez concluida su tramitación, ejecutando
los procedimientos que correspondan en cada caso.



2.-Controlar las solicitudes de devolución de tributos
abonados en demasía.



3.-Efectuar la verificación de facturas comerciales en
relación a sumarios contenciosos y/o investigaciones en
trámites.



DIVISION CONTROL DE IMPORTACION

ACCION



Intervenir en la revisión de los despachos de importación
y de toda otra documentación mediante la cual se lleven
a cabo importaciones, una vez concluída su tramitación
ante las aduanas, de conformidad con las disposiciones aplicables,
como así también en las rectificaciones, en la formulación
de cargos y en las devoluciones que correspondieren.



TAREAS



1.-Ejecutar el programa de fiscalización ordenado por la
superioridad en permisos de embarque documentados en la Dirección
Metropolitana y Aduanas del Interior y toda otra documentación
de cargo relacionada con embarques efectuados en tales dependencias.



2.-Intervenir en expedientes que procuren la devolución
de importes.



3.-Confecciónar planillas de cargos por diferencias de
derechos y demás tributos originados por la incorrecta
aplicación de la legislación vigente.



4.-Requerir la comparecencia de importadores por razones emergentes
de la fiscalización de permisos de embarque.



5.-Confecciónar resúmenes y/o estadísticas
referidos a su actividad específica.



SECCION CONTROL IMPORTACION METROPOLITANA

ACCION



Intervenir en la revisión de los despachos de importación
y de toda otra documentación mediante la cual se lleven
a cabo importaciones, una vez concluida su tramitación
ante las Aduanas de Buenos Aires y Ezeiza, de conformidad con
las disposiciones aplicables, como así también en
las rectificaciones y en la formulación de cargos.



TAREAS



1.-Ejecutar el programa de control anual ordenado por la Superioridad
en despachos de importación documentados en las Aduanas
de Buenos Aires y Ezeiza, y toda otra documentación de
cargo relacionada con operaciones efectuadas por tales dependencias.



2.-Confecciónar planillas de cargos por diferencias de
derechos y demás tributos originados por la incorrecta
aplicación de la legislación vigente.



3.-Requerir la comparecencia de importadores por razones emergentes
del control de despachos de importación.



SECCION CONTROL IMPORTACION INTERIOR

ACCION



Intervenir en la revisión de los despachos de importación
y de toda otra documentación mediante la cual se lleven
a cabo importaciones, una vez concluida su tramitación
ante las Aduanas del interior, de conformidad con las disposiciones
aplicables como así también en las rectificaciones
y en la formulación de cargos.



TAREAS



1.-Ejecutar el programa de control anual ordenado por la Superioridad
en despachos de importación documentados en las Aduanas
del interior, y toda otra documentación de cargo relacionada
con operaciones efectuadas por tales dependencias.



2.-Confeccionar planillas de cargos por diferencias de derechos
y demás tributos originados por la incorrecta aplicación
de la legislación vigente.



3.-Requerir la comparecencia de importadores por razones emergentes
del control de despachos de importación.



DIVISION CONTROL DE EXPORTACION

ACCION



Intervenir en la revisión de permisos de embarque y de
toda otra documentación mediante la cual se lleven a cabo
exportaciones, una vez concluida su tramitación ante las
aduanas, de conformidad con las disposiciones aplicables como
así también en las rectificaciones, en la formulación
de cargos y en las devoluciones que correspondieren.



TAREAS



1.-Ejecutar el programa de fiscalización ordenado por la
Superioridad en permisos de embarque documentados en la Dirección
Metropolitana y Aduanas del interior y toda otra documentación
de cargo relacionada con embarques efectuados en tales dependencias.



2.-Intervenir en expedientes que procuren la devolución
de importes.



3.-Confecciónar planillas de cargos por diferencias de
derechos y demás atributos originados por la incorrecta
aplicación de la legislación vigente.



4.-Requerir la comparecencia de exportadores por razones emergentes
de la fiscalización de permisos de embarque.



5.-Confecciónar resúmenes y/o estadísticas
referidos a su actividad específica.



SECCION CONTROL EXPORTACION METROPOLITANA

ACCION



Intervenir en la revisión de permisos de embarque y de
toda otra documentación mediante la cual se lleven a cabo
exportaciones, una vez concluída su tramitación
ante las Aduanas de Buenos Aires y Ezeiza, de conformidad con
las disposiciones aplicables como así también en
las rectificaciones, en la formulación de cargos.



TAREAS



1.-Ejecutar el programa de control anual en permisos de embarque
y toda otra documentación relacionada con los embarques
efectuados.



2.-Intervenir en expedientes que procuren la devolución
de importes.



3.-Confeccionar planillas de cargos por diferencias de derechos
y demás atributos originados por la incorrecta aplicación
de la legislación vigente.



4.-Requerir la comparecencia de exportadores, agentes de transporte,
despachantes, emergentes del control de operaciones de exportación.



SECCION CONTROL EXPORTACION INTERIOR

ACCION



Intervenir en la revisión de permisos de embarque y de
toda otra documentación mediante la cual se lleven a cabo
exportaciones, una vez concluida su tramitación ante las
Aduanas del Interior, de conformidad con las disposiciones aplicables
como así también en las rectificaciones, en la formulación
de cargos.



TAREAS



1.-Ejecutar el programa de control anual en permisos de embarque
y toda otra documentación relacionada con los embarques
efectuados.



2.-Intervenir en expedientes que procuren la devolución
de importes.



3.-Confecciónar planillas de cargos por diferencias de
derechos y demás tributos originados por la incorrecta
aplicación de la legislación vigente.



4.-Requerir la comparecencia de exportadores, agentes de transporte.
despachantes. emergentes del control de operaciones de exportación.



DIVISION CARGOS

ACCION



Efectuar la registración, notificación e intimación
de los cargos que se formulan con participación de las
otras divisiones del Departamento e intervenir en las suspensiones
de las firmas derivadas de incumplimientos vinculados con esos
cargos y en la sustanciación de las impugnaciones promovidas
frente a los mismos.



TAREAS



1.-Oficializar y registrar los cargos formulados llevando un libro
de registro.



2.-Efectuar Intimaciones de pago y confeccionar disposiciones
de suspensión y levantamiento a exportadores e importadores.



3.-Efectuar el contralor de las constancias del pago de los cargos.



4.-Intervenir en los dictámenes jurídicos que se
emitieren con motivo de la presentación de impugnaciones
a los cargos formulados.



5.-Efectuar el resumen mensual y anual del movimiento general
de cargos.



SECCION REGISTRO DE CARGOS

ACCION



Intervenir en las tramitaciones tendientes a la percepción
de los cargos que se formulan en el ámbito del Departamento.



TAREAS



1.-Oficializar y registrar los cargos formulados en el ámbito
del Departamento, llevando un registro habilitado al efecto.



2.-Oficializar las actuaciones originadas con motivo de los cargos
registrados.



3.-Efectuar intimaciones de pago a través de los medios
previstos en el Art. 1013 del Código Aduanero.



4.-Proyectar disposiciones de suspensión (Art. 1122 Código
Aduanero) y levantamiento (Art. 1123 Código Aduanero) en
el Registro de Importadores/ Exportadores y efectuar su alta en
los sistemas computarizados de la Dirección General de
Aduanas.



5.-Efectuar el seguimiento y contralor de los cargos oficializados.



6.- Efectuar el resumen mensual de los cargos oficializados y
de los cargos cancelados.


7.-Efectuar el cuadro demostrativo anual de los cargos oficializados
en dicho período.



SECCION IMPUGNACION

ACCION



Intervenir en la sustanciación de las impugnaciones promovidas
frente a los cargos que se formulan en el ámbito del Departamento.



TAREAS



1.-Entender en el procedimiento de impugnación previsto
en el Art. 1053 y siguientes y concordantes del Código
Aduanero, respecto de los cargos formulados por el Departamento.



2.-Entender en las excepciones de previo y especial pronunciamiento
que se opongan frente a los cargos formulados.



3.-Producir dictamen jurídico previo, conforme el artículo
1040 del Código Aduanero, cuando el funcionario llamado
a dictar resolución definitiva en el procedimiento de impugnación
sustanciado en el Departamento no fuere abogado.



SUBDIRECCION GENERAL DE CONTRALOR

DIVISION ASUNTOS INTERNOS

ACCION



Controlar la conducta del personal del Organismo en las tareas
específicas.


TAREAS



1.-Verificar la gestión y la conducta de los agentes que
se desempeñan en el Organismo.



2.-Esclarecer cualquier situación presuntamente anómala
que resultare de la actividad del personal.



3.-Proponer medidas correctivas que perfeccionen los métodos
empleados.



SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

SECCION SEGURIDAD

ACCION


Supervisar el servicio de policía adicional, así
como la seguridad en las dependencias que disponga la Superioridad,
y atender el funcionamiento del Servicio de Guardia Operacional,
en el ámbito de la Dirección Metropolitana.



TAREAS



1.-Supervisar la seguridad en sede central y dependencias aduaneras
donde así se dispongan, propendiendo al orden general,
solicitando para las situaciones que así lo requieran la
intervención de la fuerza de seguridad competente.



2.-Supervisar el cumplimiento de los servicios de policía
adicional en las dependencias aduaneras para las cuales se contraten
vigiladores. Requerir los servicios de policía adicional
y actuar como veedor en los traslados de valores y mercaderías
de alto riesgo, conforme fuera solicitado por distintas dependencias
aduaneras en orden al cumplimiento de oficios judiciales.



3.-Mantener un servicio de guardia en sede central, en días
y horas inhábiles, como consecuencia de la finalización
de la jornada de labor vigente, la que estará a cargo de
un inspector de turno que actuará en calidad de máxima
autoridad presente en la dependencia y responsable durante el
transcurso de la misma, a fines de asegurar la continuidad de
la prestación de las distintas operaciones aduaneras que
en el transcurso de la guardia se produzcan, poniendo en conocimiento
y actuando como nexo con las autoridades de las áreas respectivas
cuando la situación así lo requiera, a quienes impondrá
de la situación según la urgencia e importancia
del tema.


e. 5/12 Nº 209.785 v. 5/12/97

Administracionius UNLP

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