MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Disposición Nº 53/97 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura Organizativa:
su modificación. Bs. As., 7/8/97 B.O: 13/8/97
VISTO que por el Decreto Nº 646 del 11 de julio de 1997 y
la Disposición Nº 16 del 23 de julio de 1997, se aprobó
la Estructura Organizativa en este Organismo; y
CONSIDERANDO:
Que razones de índole funcional Indican conducente efectuar
modificaciones estructurales en el ámbito de la Subdirección
General de Contralor, de acuerdo a la propuesta que en tal sentido
formulara la mencionada Subdirección General.
Que, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, el
Departamento Organización y Métodos ha tomado la
intervención que le compete.
Que ha tomado la intervención que le compete el Grupo Coordinador
AFIP-Resolución Nº 401/97-.
Que la modificación propuesta cuenta con la conformidad
de la Subdirección General de Contralor y de la Subdirección
General de Administración.
Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo
6º del Decreto Nº 618/97, procede resolver en consecuencia.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1º-Crear dos (2) unidades orgánicas
con nivel de Dirección denominadas "Contralor I"
y "Contralor II", dependientes jerárquicamente
de la Subdirección General de Contralor.
ARTICULO 2º-Asignar a las unidades orgánicas
creadas en el artículo precedente la responsabilidad primaria
y las acciones, que para cada una de ellas se detalla en el Anexo
B, que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3º-Crear como Anexo A44 de la Disposición
Nº 16/97, el que se aprueba por la presente.
ARTICULO 4º-Regístrese, comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese.-CARLOS ALBERTO SILVANI.
Administrador Federal.
ANEXO B
DIRECCION DE CONTRALOR I
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en las actividades que permitan verificar el cumplimiento
esperable y oportuno-por etapas y final-de las acciones relativas
a los objetivos del Organismo y/o encomendados por la Superioridad,
respecto de las funciones técnicas, legales y de los recursos
humanos de la Administración Federal de Ingresos Públicos,
en lo que se refiere a los tributos interiores y al control y
tributos del comercio exterior.
ACCIONES
1.-Coordinar los relevamientos y tareas investigativas relacionadas
con la temática de su competencia, como así también
requerir información, desarrollos o tareas necesarias para
el cumplimiento de su cometido, a las distintas dependencias de
la Repartición.
2.-Selecciónar y ponderar dentro de sus actividades aquellas
que estén incluidas en los objetivos de la Administración
Federal de Ingresos Públicos, por orden de Importancia
y/o necesidades sobrevinientes.
3.-Entender en la elaboración de la planificación
de las actividades que selectivamente disponga la Superioridad
en la temática asignada.
4.-Intervenir en la definición de la información
especifica a obtener, la que deberán producir las distintas
dependencias de la Repartición.
5.-Proponer cursos de acción y/o ajustes a las distintas
áreas-con conocimiento a la Superioridad-en casos de desvió
o cuando existan posibilidades de mejoras en las temáticas
de su competencia, coordinando y verificando el cumplimiento de
las actividades emergentes de su cometido.
6.-Impulsar las gestiones puntuales que se originen a partir de
las ordenes emanadas de la Superioridad, hasta la concreción
de la tarea encomendada.
DIRECCION DE CONTRALOR II
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en las actividades que permitan verificar el cumplimiento
esperable y oportuno-por etapas y final-de las acciones relativas
a los objetivos del Organismo y/o encomendados por la Superioridad,
respecto de las funciones de recaudación, de fiscalización,
de informática y de administración, de la Administración
Federal de Ingresos Públicos, en lo que se refiere a los
tributos interiores y al control y tributos del comercio exterior.
ACCIONES
1.-Coordinar los relevamientos y tareas investigativas relacionadas
con la temática de su competencia, como así también
requerir información, desarrollos o tareas necesarias para
el cumplimiento de su cometido, a las distintas dependencias de
la Repartición.
2.-Selecciónar y ponderar dentro de sus actividades aquellas
que estén incluidas en los objetivos de la Administración
Federal de Ingresos Públicos, por orden de importancia
y/o necesidades sobrevinientes.
3.-Entender en la elaboración de la planificación
de las actividades que selectivamente disponga la Superioridad
en la temática asignada.
4.-Intervenir en la definición de la información
específica a obtener, la que deberán producir las
distintas dependencias de la Repartición.
5.-Proponer cursos de acción y/o ajustes a las distintas
áreas-con conocimiento a la Superioridad-en casos de desvió
o cuando existan posibilidades de mejoras en las temáticas
de su competencia, coordinando y verificando el cumplimiento de
las actividades emergentes de su cometido.
6.-Impulsar las gestiones puntuales que se originen a partir de
las ordenes emanadas de la Superioridad, hasta la concreción
de la tarea encomendada.
ANEXO A44