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Disposición 6309/97 del 10/11/97




Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Tecnología Médica



PRODUCTOS COSMETICOS



Disposición 6309/97



Prohíbese en todo el territorio nacional la comercialización
de Aloe Vera, talco perfumado.



Bs.As., 10/11/97



B.O: 21/11/97



VISTO el Expediente N° 1-47- 1110- 196-97- 1 del Registro
de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos
y Tecnología Médica, y


CONSIDERANDO:


Que por los presentes actuados el Instituto Nacional de Medicamentos
informa que se ha detectado la comercialización del producto
denominado ALOE VERA, Talco Perfumado para el Cuerpo, de la firma
Laboratorio Naturista ELTIBET, sito en la calle Rioja 1625, Pcia.
de Córdoba, que no cuenta con autorización a nivel
nacional.


Que la autoridad sanitaria de Córdoba informa que tanto
la firma como el producto en cuestión no cuentan con la
debida autorización a nivel provincial.


Que el Departamento de Registro informa que la firma no se encuentra
inscripta a nivel nacional.


Que la Resolución N° 337/92 regula lo atinente a las
actividades de elaboración, importación y venta
de artículos de higiene y tocador, cosméticos y
perfumes.


Que teniendo en cuenta que la firma en cuestión no se encuentra
inscripta en debida forma, y que comercializa un producto sin
la autorización de la Autoridad Sanitaria pertinente, no
es posible asegurar la confiabilidad del producto.


Que en consecuencia corresponde prohibir la comercialización
del producto ALOE VERA, Talco perfumado para todo el cuerpo, y
ordenar la instrucción del sumario a la firma Laboratorio
Naturista ELTIBET, por infrigir presuntamente las disposiciones
de la Resolución N° 337/92.


Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado
la intervención de su competencia.


Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por
el Decreto N° 1490/92.


Por ello;


EL DIRECTOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS.
ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:


Artículo 1º.-Prohíbese la comercialización
del producto ALOE VERA, talco perfumado para todo el cuerpo, en
todo el territorio nacional.


Art. 2°-Ordénase la instrucción del
sumario a la firma Laboratorio Naturista ELTIBET por infrigir
presuntamente la Resolución N° 337/92.


Art. 3°-Anótese. Dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación. Dese
al Departamento de Relaciones Institucionales a sus efectos. Gírese
para su conocimiento y demás efectos a la Dirección
de Asuntos Jurídicos. Cumplido, archívese.-Pablo
M. Bazerque.



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