Disposición Nº 10.591/2003
Bs. As., 3/9/2003
VISTO la Disposición DNM Nº 9400 del 13 agosto de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 3º de la Disposición mencionada en el Visto se denominó erróneamente a la Dirección Nacional del Registro Oficial.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:
Artículo 1º — RECTIFICASE el artículo 3º de la Disposición DNM Nº 9400/03, sustituyéndolo por el que a continuación se indica:
"ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese a los funcionarios involucrados, al Registro Nacional de las Personas del Ministerio del Interior y a la Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Hecho, archívese.".
Art. 2º — Regístrese y comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Hecho, archívese. — Dr. JORGE A. RAMPOLDI, Director Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior.