JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 206/2004
Apruébanse las unidades de segundo nivel operativo correspondientes a la Dirección General de Asesoramiento Legal dependiente del Jefe de Gabinete de Ministros, a la Dirección Nacional de Evaluación Presupuestaria y a la Dirección Nacional de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo dependientes de la Subsecretaría de Coordinación y Evaluación Presupuestaria.
Bs. As., 19/2/2004
VISTO el Decreto N° 624 del 21 de agosto de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que por la norma antes citada se procedió a aprobar la estructura organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, hasta el primer nivel operativo.
Que por tal motivo resulta necesario diseñar y proponer una conformación organizativa para el segundo nivel operativo, que contribuya al logro y ejecución técnico-operativa de los resultados asignados a las unidades de primer nivel en particular para la Dirección General de Asesoramiento Legal, Dirección Nacional de Evaluación Presupuestaria como así también para la Dirección Nacional de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo, las que se han integrado a la estructura organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a partir del dictado del Decreto Nº 624/2003.
Que dentro de las competencias atribuidas al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS por la CONSTITUCION NACIONAL se encuentran comprendidas las de entender en la evaluación y priorización del gasto, efectuando el diagnóstico y seguimiento permanente de sus efectos sobre las condiciones de vida de la población.
Que en consecuencia y dada la directa vinculación del accionar de las referidas unidades con las competencias de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS resulta imprescindible dar sustento técnico a las áreas mencionadas dotándolas de la organización necesaria para su funcionamiento fortaleciendo de esta manera aspectos estratégicos.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99 Inciso 1 de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébanse las unidades de segundo nivel operativo correspondientes a la Dirección General de Asesoramiento Legal dependiente del Jefe de Gabinete de Ministros, a la Dirección Nacional de Evaluación Presupuestaria y a la Dirección Nacional de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo dependientes de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, conforme a la estructura aprobada por el Decreto Nº 624 del 21 de agosto de 2003, de acuerdo a los Organigramas y Acciones que como Anexos I y II forman parte integrante del presente Decreto.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos asignados al Inciso I - Gastos en Personal - de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández.
ANEXO I
ANEXO II
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DIRECCION GENERAL DE ASESORAMIENTO LEGAL
DIRECCION DE ASISTENCIA NORMATIVA
ACCIONES:
1. Realizar las actividades necesarias tendientes a evacuar las consultas que se formulen a la Dirección General, recomendando en cada caso el curso de acción a seguir.
2. Realizar los dictámenes de los proyectos de resolución y/o disposición que ingresen a la Dirección General para su análisis.
3. Brindar asesoramiento sobre la normativa aplicable en los casos en que la Dirección General sea competente.
4. Asistir al Director General en la coordinación con la Delegación Legal de la Secretaría de Medios de Comunicación de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
5. Asistir al Director General en las relaciones que la Jurisdicción mantenga con la Procuración del Tesoro de la Nación, Sindicatura General de la Nación, Auditoría General de la Nación, Oficina Anticorrupción y Defensor del Pueblo de la Nación y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
6. Asistir al Director General en el asesoramiento que éste brinde al Jefe de Gabinete de Ministros en las cuestiones en las que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS interviene como Ministerio Coordinador.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA
DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION PRESUPUESTARIA
DIRECCION DE EVALUACION DEL GASTO Y CONTROL PRESUPUESTARIO:
ACCIONES:
1. Intervenir en el proceso de formulación presupuestario realizando el análisis de los techos otorgados a cada una de las Jurisdicciones, el pedido de sobretechos solicitados por las mismas y el proyecto de asignación de créditos.
2. Intervenir en la propuesta de distribución de créditos presupuestarios conforme a las necesidades de cada jurisdicción y a las posibilidades reales de asignación.
3. Participar en los pedidos de modificaciones y reasignaciones presupuestarias propuestas evaluando su impacto en el presupuesto nacional y la conveniencia de su realización.
4. Realizar el seguimiento de la asignación de cuotas presupuestarias a las jurisdicciones y su correspondiente utilización.
5. Efectuar mensualmente el análisis de la ejecución presupuestaría a efectos de determinar por jurisdicción si existe sobre o subejecución a fin de prevenir posibles modificaciones y determinar las causas.
DIRECCION DE EVALUACION DE RECURSOS PUBLICOS
ACCIONES:
1. Realizar el seguimiento de las proyecciones de recaudación de recursos del Presupuesto Nacional y las revisiones periódicas que efectúa la Subsecretaría de Ingresos Públicos.
2. Analizar la evolución de los recaudación tributaria de la Nación y evaluar su impacto presupuestario.
3. Efectuar el seguimiento de las contribuciones y otros recursos del Sistema de Seguridad Social.
4. Elaborar información acerca de la evolución de los recursos no tributarios y su impacto presupuestario.
5. Analizar las estimaciones de recursos propios y con afectación específica de las Jurisdicciones y Organismos Descentralizados y la evolución de su ejecución.
6. Intervenir en las solicitudes de modificaciones de ingresos que realicen las Jurisdicciones y Organismos Descentralizados.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA
DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO
DIRECCION DE PROGRAMAS SOCIALES y DE GESTION INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Realizar estudios, evaluaciones e informes que contribuyan a fundamentar las propuestas de priorización de proyectos del área social y de gestión institucional para su inclusión en la programación de operaciones del país con los organismos internacionales de crédito.
2. Efectuar el monitoreo y evaluación de programas y proyectos de estas áreas que se ejecuten con financiamiento de organismos internacionales de crédito.
3. Informar al Director Nacional sobre desvíos o situaciones excepcionales que se detecten en la marcha de los programas y proyectos correspondientes al área de su competencia y proponer intervenciones correctivas para que su funcionamiento se ajuste a los objetivos fijados.
4. Efectuar actividades de asistencia técnica en las áreas que sean requeridas a la Dirección Nacional, por las jurisdicciones.
5. Participar, a solicitud de la Dirección Nacional, en reuniones y eventos en los que se analicen cuestiones inherentes a programas y proyectos del área social y/o con impacto en los de gestión institucional que se ejecuten con financiamiento de organismos internacionales de crédito.
6. Asistir al Director Nacional en la elaboración de propuestas de normas reglamentarias relacionadas con los programas y proyectos con financiamiento internacional.
DIRECCION DE PROGRAMAS DE INFRAESTRUCTURA Y PRODUCCION
ACCIONES
1. Realizar los estudios, evaluaciones e informes que contribuyan a fundamentar las propuestas de priorización de proyectos del área de infraestructura y producción para su inclusión en la programación de operaciones del país con los organismos internacionales de crédito.
2. Efectuar el monitoreo y evaluación de programas y proyectos del área que se ejecuten con financiamiento de organismos internacionales de crédito.
3. Informar al Director Nacional sobre desvíos o situaciones excepcionales que se detecten en la marcha de los programas y proyectos y proponer las intervenciones correctivas para que su funcionamiento se ajuste a los objetivos fijados.
4. Efectuar actividades de asistencia técnica de infraestructura y producción que sean requeridas a la Dirección Nacional por las jurisdicciones.
5. Realizar, a solicitud del Director Nacional, el seguimiento de todas las operaciones con crédito externo que involucren a jurisdicciones subnacionales.
6. Participar a solicitud de la Dirección Nacional en reuniones y eventos en los que se analicen cuestiones inherentes a programas y proyectos del área de infraestructura y producción que se ejecuten con financiamiento de organismos internacionales de crédito.