Hola gente!!
alguien podria evacuarme la duda de cuanto corresponderia monetariamente otorgarle en concepto de alimentos de realizarse una tenecia compartida!!
Hola! tengo entendido que la interpretación jurisprudencial es que en un contexto de tenencia compartida no se deben alimentos, vivienda, comida asistencia, etc se compensan. lo que si puede ser es que existan gastos únicos que administre uno de los progenitores, cuota de colegio, obra social, actividades de sociales y deportivas.
Espero te sirva!
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