buenos dias chicos queria hacer una consulta referida a penal porque no me queda claro a la hora de realizar los practicos..
Cuando zaffaroni habla en la parte del tipo objetivo sistematico(creo que es ahi) habla de algo parecido a que si dos personas ponen causas que no pueden ser alternativamente suprimidas sin que con ello desaparezca el efecto y se ejemplifica con dos personas que quieren matar a su jefe y ninguna de las dos sabe la conducta del otro y por ende uno le da una dosis de veneno a la mañana y otra a la noche y a causa de las dos dosis la persona muere..Esto significa que las dos son responsables del homicidio??alguien me ayuda pliss??
Y la ultima consulta es relacionada con lo siguiente:
Cuando se explica el llamdo error de prohibicion se dice que recae sobre la culpabilidad u se dan muchos ejemplos que son claros pero a la hora de nalizarlos se me complica con el tema de la antijuridicidad..ejemplo:
Una persona mata a un hombre creyendo que este le iba a asaltatar..en realidad era un amigo que le estaba jugando una broma..En estos ejemplos veo la diferencia del finalsimo y el causalimos (que coloca el dolo y la culpa en la culpabilidad bastante claro) el hombre realiza conducta,ella es tipica es su forma objetiva ya que produce el resultado muerte art 79 CP y el aspecto subjetivo tambien esta claro ( el dolo,es decir la voluntad realizadora del tipo objetivo esta..la voluntad de matar) si no hubiera sabido estariamos en presnecia del error de tipo) pero cuando llego a la antijuridicidad se me complica..No encuentro la conducta entijuridica porque para mi es una legitima defensa..por ende no puede llegar a la culpabilidad y no puedo aplicar el error de prohibicion!!!Sen entiende lo que pregunto??alguien me puede ayudar porfis???Besitos