La Constitución de 1819 dice, cuando se refiere a los representantes, "que sea del fuero comun, y no este en dependencia del poder ejecutivo por servicio a sueldo". Esto esta en el art 5 cuando habla de los requisitos para ser representante.
Mi duda es a que se refiere con esto ya que tengo parcial este lunes y me gustaria qe alguien me lo aclere porq me parece qe lo entiendo muy por arriba.
Gracias.
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"Como será de noble este país que tenemos quinientos años de estar tratando de acabar con el, y todavía no lo logramos"