Una pregunta, tengo parcial de contratos en la UNLP y me dijeron que busque la definición de responsabilidad indistinta y en que se diferencia con la solidaria, lo unico que pude encontrar es que todos respondían por el todo independientemente de la acción de regreso posterior, pero nada más, me gustaría que alguien me diga la definicion de este tipo de responsabilidad, la diferencia con la solidario la sacaré solo luego, pero busqué por todos lados y no encontré nada. La profesora dijo algo acerca de la suspención e interrupción de la prescripción, pero nada más.
Gracias.
PD: saben si tiene algo que ver con la responsabilidad concurrente, es la misma o nada que ver? Si es asi, ya está respondida mi pregunta, ya que se daría en civil II con ese nombre.
PD2: Haciendo un mejor uso del foro encontré la respuesta, efectivamente la responsabilidad concurrente es lo que andaba buscando, por tanto ya la traigo de obligaciones, muchas gracias y perdón por el tema abierto.