EGRESO DE FUERZAS NACIONALES DEL TERRITORIO DE LA NACION
Ley 25.906
Autorízase la salida del territorio nacional de medios y personal militar que participarán en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití.
Sancionada: Junio 16 de 2004
Promulgada: Junio 18 de 2004
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Autorízase la salida del territorio nacional de medios y personal militar para que participen en la Misión de Estabilización de las NACIONES UNIDAS, en HAITI (MINUSTAH), de acuerdo a la información detallada en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Ley.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA DIECISEIS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 25.906 —
EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.
ANEXO I
Información básica para la autorización de la salida de fuerzas nacionales del territorio de la Nación
1. Tipo de actividad a desarrollar.
Participación en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH), establecida como operación de mantenimiento de la paz para contribuir a crear un entorno de seguridad y estabilidad en Haití.
2. Origen del Proyecto.
Resolución 1542 (2004) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, aprobada el 30 de abril de 2004, sobre la cuestión de Haití, en su párrafo operativo 1º crea una nueva operación de mantenimiento de la paz en Haití (MINUSTAH).
3. Fundamentos de los objetivos de la actividad.
a) Políticos
I. Apoyo al proceso político constitucional en Haití y a la promoción de una solución pacífica y duradera a la crisis actual.
II. Confirmación del compromiso de la República Argentina con el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales.
III. Reafirmación de la política de estado de participación nacional en las operaciones de paz autorizadas o establecidas por las Naciones Unidas.
b) Estratégicos.
Mantenimiento de la seguridad y respeto de la ley, el orden público y los derechos humanos en Haití.
c) Operativos.
Continuar con la misión encomendada a la Fuerza Multinacional Provisional (FMP), incluida la función de policía internacional, conforme a las recomendaciones del Secretario General. En ese sentido, las tareas a desarrollar por la nueva misión serán:
I. Contribuir a crear un entorno de seguridad y estabilidad en todo el territorio de Haití a fin de apoyar la asistencia internacional para facilitar el proceso político constitucional en marcha en ese país.
II. Asistir al Gobierno de Transición en la reforma, reestructuración y entrenamiento de la Policía Nacional de Haití de acuerdo a principios democráticos.
III. Asistir en el reestablecimiento del estado de derecho y del orden público a través del suministro, entre otros, de apoyo operacional a la Policía Nacional Haitiana y al Servicio de Guardacostas.
IV. Asistir al Gobierno de Transición en particular a la Policía Nacional Haitiana, en programas de desarme, desmovilización y reinserción de todos los grupos armados.
V. Proteger al personal de las Naciones Unidas, instalaciones y equipos, asegurar su libertad de movimiento y, sin perjuicio de las facultades del Gobierno de Transición, proteger a los civiles bajo amenaza inminente de violencia física, en el marco de las capacidades de la Misión, y dentro de su área de despliegue.
VI. Apoyar el proceso constitucional en curso en Haití a través de gestiones de buenos oficios y fomentar los principios del buen gobierno democrático y el desarrollo institucional.
VII. Asistir al Gobierno de Haití en la organización y supervisión de elecciones presidenciales, parlamentarias y municipales libres y justas a través de la asistencia técnica, logística y administrativa, manteniendo la seguridad.
VIII. Avanzar en la promoción del respeto de los derechos humanos y de igualdad de género y apoyar los esfuerzos del Gobierno de Haití para promover la reconciliación nacional.
IX. Asistir al Gobierno de Transición, dentro de las capacidades de la Misión, en la investigación de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario en colaboración con la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para Derechos Humanos con el propósito de terminar con la impunidad.
X. Coordinar la cooperación entre el Gobierno de Transición y otros organismos internacionales en la prestación de asistencia humanitaria y el acceso de los trabajadores humanitarios internacionales a la población haitiana que lo necesite.
4. Configuración de la actividad.
a) Lugar de realización.
República de Haití.
b) Fechas tentativas.
A partir del 1ro. de junio de 2004. El mandato de la misión tendrá un plazo de duración inicial de seis meses. El que podrá prorrogarse por 3 períodos de igual plazo.
c) Países participantes.
República Federativa del Brasil y otros Estados a confirmar. El componente civil llegaría hasta un máximo 1.622 policías civiles incluyendo asesores y las unidades constituidas y el componente militar hasta 6.700 integrantes.
d) Despliegue de las tropas y medios.
I. Fuerzas e instituciones nacionales: Ejército, Armada y Fuerza Aérea.
II. Efectivos: 450 efectivos de las citadas Fuerzas Armadas (una compañía reforzada de hasta 300 efectivos del Ejército Argentino, incluyendo un elemento de apoyo logístico con capacidad para apoyar las operaciones del contingente argentino durante 60 días y una compañía de Infantería de Marina de hasta 150 efectivos de la Armada Argentina).
III. Equipamiento: Transporte aéreo ida y vuelta para el primer contingente con tripulación.
1 buque de transporte marítimo de la Armada Argentina con tripulación para autosostenimiento del contingente durante 90 días.
2 helicópteros con tripulación para autosostenimiento del contingente durante 90 días.
1 planta potabilizadora de agua.
1 hospital reubicable nivel II/III con su personal de hasta 60 efectivos.
IV. Oficiales de enlace: 3 Oficiales de Enlace de Estado Mayor (2 del Ejército Argentino y 1 de la Armada Argentina) que integrarán el Estado Mayor de la Fuerza Militar de las Naciones, Unidas en Haití.
V. 6 Oficiales de Estado Mayor del Contingente.
e) Inmunidad.
A ser establecida por el Acuerdo sobre el estatuto de las Fuerzas entre las Naciones Unidas y el Gobierno de Haití que debe ser suscripto dentro de los 30 días de la adopción de la resolución 1542 (2004). Hasta que se concierte dicho acuerdo, se aplicarán provisionalmente el Modelo de Acuerdo sobre el estatuto de las Fuerzas del 9 de octubre de 1990 que figura en el documento A/45/594 de la Asamblea General de Naciones Unidas. En este documento se establecen los parámetros habituales para tales operaciones, incluyendo inmunidad de jurisdicción penal absoluta de los integrantes del componente militar de la operación de mantenimiento de la paz y el sometimiento a la exclusiva jurisdicción de sus respectivos Estados Nacionales.
f) Costo aproximado y fuente de financiamiento.
A ser determinado por las instituciones participantes. Como en toda operación de mantenimiento de la paz, las Naciones Unidas efectúa reintegros al país en concepto de viáticos y equipamiento. Los gastos que demande la ejecución de la presente medida serán atendidos con cargo al presupuesto de la Administración Nacional correspondientes al presente ejercicio debiendo asignarse los créditos pertinentes a la jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 45.24 - ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, Programa 17- FUERZAS DE PAZ.