Fue creada por la junta militar de turno.
Obviamente, luego de retirarse del poder los militares, no se tuvieron en cuenta las modificaciones a la CN.
Pero mal que me pese, tales modificaciones fueron tan buenas, que las tomó en cuenta el constituyente del '94 en la respectiva reforma. Texto actual de nuestra CN.
Así que es muy importante!
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1972 Enmienda constitucional por el gobierno de facto de Alejandro A. Lanusse. Dispone reformas, agregados o suspensiones temporarias a los artículos 42, 45, 46, 48, 55, 56, 67 (incisos 7 y 18), 68, 69, 71, 77, 81, 82, 83, 84, 85, 86 (incisos 11 y 12), 87, 96 y 105. Esta enmienda debe tener vigencia hasta el 24 de mayo de 1981. +
Exacto!
Pero dentro de lo arbitrario y facista, hubo reformas a determinados arts que ahora no me acuerdo, que las tomó en cuenta el constituyente del '94.
Aja, como dice Polka... Establecia el Ballotage para eleccion presidencial, como asi tambien la eleccion directa de Senadores, entre otras cosas.....
Y en defitnitiva lo de arbitrario ha sido punto comun a TODAS las reformas constitucionales, ya que siempre las convocatorias han estado viciadas de alguna forma.
a lo que te referis es al estatuto del 72, el que como dijeron, fue dictado por bajo la presidencia de facto de lanusse. El art 4 establecia que la reformas a la const que con él se producian durarian hasta el 24 de mayo de 1977, pero si una convencion constituyente no decidia sobre su incorporacion definitiva a la CN o su rechazo antes del 15 de agosto de 1997, su vigencia se prorrogaria hasta el 24 de mayo e 1981.
Asi, las 2 votaciones presidenciales de 1973 se rigieron por el estatuto del 72.
Por razones obvias, el estatuto no se prorrogo.
En 1972 la Junta de Comandantes que gobernaba "de facto" el país durante la llamada Revolución Argentina dictó un Estatuto manifestando explícitamente que se hacía en "ejercicio del poder constituyente" que incluía una serie de considerandos y reformó quince artículos de la Constitución (texto de acuerdo a la reforma de 1957), al mismo tiempo que declaró inaplicables otros cuatro artículos.
Entre otras reformas constitucionales se estableció:
Reducción del mandato del presidente, vicepresidente, diiusdos y senadores a cuatro años.
Reelección del presidente por una vez.
Reelección indefinida de diiusdos y senadores.
Elección directa de presidente, vicepresidente, diiusdos y senadores.
La creación del cargo de tercer senador por la minoría.
La simultaneidad de las elecciones para cargos nacionales.
La reducción del quórum para sesionar.
Un mecanismo de aprobación automática de proyectos de ley presentados por el Poder Ejecutivo si no es tratado en un plazo determinado.
Un mecanismo de aprobación de leyes directamente por las comisiones internas de las Cámaras.
Un organismo especial para realizar el juicio político a los jueces integrado por miembros del Poder Judicial, del Poder Legislativo y de los abogados.
Las elecciones de 1973 y las autoridades democráticas surgidas de ellas se regularon por esta reforma. El Estatuto establecía que el mismo regiría hasta el 24 de mayo de 1981, fecha en que automáticamente quedó sin vigencia.
De la CN?
Pablo Martelli
CEO & Founder