Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo.
Ley N° 14.324.
Sancionada: Agosto 25-1954
Promulgada: Sept. 24-1954
POR CUANTO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de LEY:
ARTICULO 1° –– Ratifíquese la enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo a que se refiere el instrumento adoptado el 25 de julio de 1953, en la trigésima sexta reunión de la Conferencia General celebrada en Ginebra.
ARTICULO 2° –– Comuníquese al Poder Ejecutivo
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veinticinco días del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y cuatro.
A TESAIRE |
A. J. BENITEZ |
Alberto H. Reales |
Eduardo T. Oliver |
–––Registrada bajo el número 14.324 ––
Buenos Aires, 24 de setiembre de 1954
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese y dése a la dirección Nacional de Registro Nacional.
PERO –– Alejandro B. Giavarini. –– Jerónimo Remorino
DECRETO N° 16.185