ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Decreto 1026/2002
Desígnase Primer Vocal del Directorio.
Bs. As., 14/6/2002
VISTO el Expediente Nº S01:0154579/2002 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y
CONSIDERANDO:
Que si bien la ex SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA efectuó el llamado a Convocatoria Abierta para la selección de los cargos de Segundo y Tercer Vocal del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENERGAS), organismo autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, el procedimiento de selección no ha podido llevarse a cabo debido a los acontecimientos de orden institucional que son de público conocimiento.
Que, a su vez, el 12 de marzo de 2002 ha vencido el mandato del Primer Vocal del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, y durante el transcurso del corriente año ha de vencer el del Vicepresidente del Directorio de dicho organismo.
Que la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE ECONOMIA por Resolución Nº 74 del 30 de abril de 2002 ha llamado a Convocatoria Abierta para cubrir los cargos de Vicepresidente, Primer, Segundo y Tercer Vocal del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENERGAS), dentro del marco de los Artículos 54 y 55 de la Ley Nº 24.076, habiéndose definido para ello un plazo razonable que asegure una amplia participación de interesados.
Que el Directorio de dicho organismo de regulación y control está integrado por CINCO (5) miembros, debiendo contar a efectos de formar quórum para la toma de decisiones con la presencia de TRES (3) de ellos, UNO (1) de los cuales deberá ser necesariamente su Presidente o quien lo reemplace.
Que dada la naturaleza excepcional de la situación planteada y la índole de las funciones a cargo del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, resulta imprescindible la adopción de medidas que aseguren el ejercicio de la función regulatoria y de contralor de un servicio público de alta trascendencia socioeconómica.
Que el profesional propuesto por la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE ECONOMIA a efectos de obtener el quórum necesario para la toma de decisiones en dicho organismo de contralor, reúne antecedentes técnicos que justifican su postulación, no encontrándose alcanzado por las incompatibilidades establecidas por los artículos 55 y 56 de la Ley Nº 24.076.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de las atribuciones emergentes del inciso 1 del Artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Desígnase al Ingeniero D. Osvaldo Rubén SALA (D.N.I. Nº 5.385.608) como Primer Vocal del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, en las condiciones y plazo emergentes del artículo 2º del presente acto.
Art. 2º — La designación que se efectúa por el artículo precendente tendrá validez hasta que el PODER EJECUTIVO NACIONAL proceda a designar a los profesionales que resulten elegidos en el proceso de selección que fuera convocado por Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 74 del 30 de abril de 2002, y no inhibe al profesional designado a su presentación en dicha Convocatoria Abierta.
Art. 3º — Notifíquese a la COMISION BICAMERAL del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION que ejerza las funciones a que hace referencia el Artículo 55 de la Ley Nº 24.076.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Roberto Lavagna.