ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución ENRE N° 518/05
ACTA N° 792
Expediente ENRE N° 18657/05
Buenos Aires, 11 de agosto de 2005
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Aprobar los valores del Cuadro Tarifario de "EDELAP S.A." contenidos en el ANEXO a este acto, del cual forma parte integrante, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a los consumos registrados con posterioridad a la cero hora del 1° de mayo de 2005. 2.- La aplicación del Cuadro Tarifario aprobado en el artículo precedente será inmediata para la facturación correspondiente a los consumos registrados con posterioridad a la cero hora del 1° de agosto de 2005, en tanto que para los consumos comprendidos entre el 1° de mayo de 2005 y el 31 de julio de 2005, este ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se expedirá en cuanto a la oportunidad de su percepción 3.- Instruir a la empresa "EDELAP S.A." para que deje sin efecto la aplicación del Cuadro Tarifario que se aprueba en el Artículo 1° de la presente, para el cálculo de las Bonificaciones y Sanciones comprendidas en el PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (PUREE), aprobado por la Resolución SE N° 552/04 4.- Disponer que, respecto del PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (PUREE) aprobado por la Resolución SE N° 745/05, ante un cambio del cuadro tarifario de la Distribuidora "EDELAP S.A.", el esquema de valorización de los cargos adicionales que se aplique deberá ponderar los cargos variables de cada categoría por la cantidad de días de facturación en que rige el nuevo cuadro tarifario, a partir del momento de la notificación de este último por parte de la Distribuidora. 5.- Dentro del término de cinco (5) días corridos de notificada la presente Resolución la Distribuidora "EDELAP S.A." deberá publicar los cuadros tarifarios aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución en por lo menos dos (2) diarios de mayor circulación de su área de concesión. 6.- Notifíquese a "EDELAP S.A." y a las Comisiones de Usuarios registradas. Firmado: Jorge Daniel Belenda - Vocal tercero - Julio César Molina - Vocal Segundo - Marcelo Baldomir Kiener - Vocal Primero - Ricardo A. Martínez Leone - Vicepresidente.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N° 1020 10° piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL (Suipacha 767 - Cuidad Autónoma de Buenos Aires) y en
www.boletinoficial.gov.ar
e. 19/8 N° 488.818 v. 19/8/2005