[b] Ente Nacional Regulador de la Electricidad
ENERGIA ELECTRICA
Resolución 465/2006
Apruébanse los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras "Edenor S.A.", "Edesur S.A." y "Edelap S.A.", durante un determinado período.
Bs. As., 8/6/2006
VISTO: el Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/05, la Resolución SE Nº 1063/05, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005 y la Resolución ENRE Nº 602/2005, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/05 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (en adelante "Versión 2005 del PUREE"), sustituyendo así el normado mediante Resolución SE Nº 552/04, (en adelante "Versión 2004 del PUREE").
Que, por su parte, el artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº 745/05 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (en adelante ENRE) es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir ala mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información requerida; aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.
Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas Distribuidoras de jurisdicción nacional presentaron ante este organismo la información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del 10% estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre el día 10/4/06 y el día 9/5/06 inclusive, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.
Que, en este sentido, "EDESUR S.A.", mediante Nota de ENTRADA Nº 118.312 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión ascendieron a 42.999.007 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% en esta categoría alcanzó a 65.017.459 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO CON 20/100 ($ 2.833.978,20) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 59/100 ($ 24.643,59); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 12.913.873 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 9.918.088 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 23/100 ($ 1.333.291,23) y ajustes por PESOS CIENTO CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 33/100 ($ 104.996,33); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 3.251.104 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 11.157.250 kWh y los cargos en exceso alcanzaron PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DOCE CON 87/100 ($ 1.157.812,87) y ajustes por PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA CON 52/100 ($ 99.780,52); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 1.315.586 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 11.524.902 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 27/100 ($ 934.761,27) y los ajustes aplicados ascendieron a PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON 69/100 ($ 55.950,69); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 13.901.054 kWh en tanto el consumo en exceso fue de 13.415.689 kWh lo que implicó cargos en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA CON 18/100 ($ 1.246.730,18) y ajustes por PESOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUATRO CON 99/100 ($ 51.604,99); los usuarios T3 BT ahorraron 13.299.094 kWh, consumieron en exceso 16.537.992 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE CON 55/100 ($ 1.307.627,55) y ajustes por PESOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE CON 45/100 ($ 10.429,45); los T3 MT ahorraron 11.672.628 kWh, consumieron en exceso 16.542.510 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($ 1.232.989) como así también ajustes por valor de PESOS CIENTO OCHO MIL SESENTA Y UNO CON 73/100 ($ 108.061,73); los usuarios de peaje T2 no registraron ahorros mientras que los consumos en exceso fueron de 7.467 kWh y los cargos afrontados PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 17/100 ($ 754,17); en peaje BT los ahorros alcanzaron 79.420 kWh, los consumos en exceso 340.016 kWh, los cargos afrontados PESOS VEINTISEIS MIL QUINIENTOS VEINTIUNO CON 25/100 ($ 26.521,25) y ajustes por PESOS CUATRO MIL ($ 4.000); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de 369.545 kWh, los consumos en exceso 1.017.677 kWh y los cargos abonados PESOS CIEN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 49/100 ($ 100.382,49).
Que, por su parte, mediante Nota de ENTRADA Nº 118.385 "EDELAP S.A." informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 4.701.445 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 7.480.158 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS TRESCIENTOS CATORCE MIL CIENTO SESENTA Y CINCO CON 77/100 ($ 314.165,77); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS DIECISIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE CON 8/100 ($ 17.159,08); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 1.386.297 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 1.092.147 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 91/100 ($ 186.759,91); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS SIETE MIL TREINTA Y CINCO CON 70/100 ($ 7.035,70); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 235.648 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 890.059 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS CIENTO TRECE MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE CON 54/100 ($ 113.927,54), registrándose ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS DOCE MIL CIENTO SESENTA Y UNO CON 23/100 ($ 12.161,23); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 30.592 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 439.498 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS DOCE CON 71/100 ($ 41.312,71); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 18/100 ($ 6.899,18); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 928.825 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 1.112.901 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS CIENTO VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 84/100 ($ 124.644,84) mientras los ajustes fueron de PESOS TRESCIENTOS UN MIL SETECIENTOS CON 13/100 ($ 301.700,13); los usuarios T3 BT ahorraron 666.349 kWh, consumieron en exceso 1.087.900 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO CON 30/1000 ($ 83.768,30), en tanto los ajustes ascendieron a PESOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 78/100 ($ 28.455,78); los T3 MT ahorraron 539.151 kWh, consumieron en exceso 1.767.154 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS CIENTO TREINTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 41/100 ($ 130.769,41) siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS CIENTO CUARENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 73/100 ($ 140.475,73); en cuanto a los usuarios de peaje, no se registraron ahorros, en tanto el consumo en exceso de los usuarios de este servicio en BT fue de 5.533 kWh y la penalización alcanzó la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO CON 58/100 ($ 48,58).
Que, a su vez, "EDENOR S.A.", por medio de Nota de ENTRADA Nº 118.107, informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 52.428.827 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 87.163.818 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES CON 70/100 ($ 3.660.873,70), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 7/100 ($ 9.848,07); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 12.753.018 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 10.024.886 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 60/100 ($ 1.393.485,60), mientras los ajustes fueron de PESOS DIEZ MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 98/100 ($ 10.054,98); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 2.305.307 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 8.971.479 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 77/100 ($ 959.953,77), y los ajustes fueron de PESOS SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 70/100 ($ 7.339,70); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 352.582 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 6.343.196 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS QUINIENTOS VEINTE MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON 94/100 ($ 520.141,94), y los ajustes fueron de PESOS CATORCE MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO CON 28/100 ($ 14.221,28); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 12.538.421 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 14.757.020 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 27/100 ($ 1.490.466,27), y los ajustes fueron de PESOS MIL QUINIENTOS NOVENTA CON 79/100 ($ 1.590,79); los usuarios T3 BT ahorraron 7.863.795 kWh, consumieron en exceso 17.085.544. kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS UN MILLON TRESCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 73/100 ($ 1.315.587,73); los T3 MT ahorraron 8.014.816 kWh, consumieron en exceso 27.945.112 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO CON 35/100 ($ 2.067.938,35); en cuanto a los usuarios de peaje, en BT los ahorros fueron de 51.561 kWh, el consumo en exceso fue de 673.050 kWh y la penalización alcanzó la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO CON 91/100 ($ 51.824,91), registrándose ajustes relacionados con la facturación por valor de PESOS QUINIENTOS QUINCE CON 67/100 ($ 515,67); y los usuarios en MT ahorraron 288.929 kWh, consumieron en exceso 6.834.216 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS QUINIENTOS CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO CON 97/100 ($ 505.731,97).
Que, por otra parte, corresponde señalar que los montos que depositen las firmas Distribuidoras en los términos de lo establecido en el artículo 12º del Anexo I de la Resolución SE Nº 745/05 y del artículo 2º de la Resolución SE Nº 1063/05, deberán contemplar la alícuota correspondiente al Impuesto sobre los débitos y créditos sobre cuentas bancarias, a fin de garantizar la neutralidad de este Programa para las empresas;
Que se ha producido el correspondiente dictamen legal conforme lo previsto en el inciso d) del artículo 7 de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.
Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6º de la Resolución SE Nº 745/05 y el inciso s) del artículo 56 de la Ley Nº 24.065.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD RESUELVE
[b] Artículo 1º — Aprobar los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A." durante el período comprendido entre los días 10/6/2006 y el día 9/7/2006, que figuran como ANEXO I a esta Resolución.
[b] Art. 2º — Los importes depositados por las empresas Distribuidoras "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A.", luego del pago de las bonificaciones correspondientes a las facturas emitidas durante el período 10/6/2006 al 9/7/2006 valorizadas con los coeficientes Kp aprobados en el artículo 1 de la presente Resolución, en los términos de lo establecido en el artículo 12º del Anexo I de la Resolución SE Nº 745/05 y del artículo 2º de la Resolución SE Nº 1063/05, serán netos del impuesto sobre los débitos y créditos sobre cuentas bancarias. Junto con la acreditación de la transferencia de fondos, las empresas deberán informar el monto correspondiente a este impuesto.
[b] Art. 3º — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como Anexo II de la presente Resolución.
[b] Art. 4º — Notifíquese a "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A.", "EDELAP S.A." y a la SECRETARIA DE ENERGIA.
[b] Art. 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcelo B. Kiener. — Jorge D. Belenda. — Julio C. Molina.
ANEXO I DE LA RESOLUCION ENRE Nº 465/2006
ANEXO II DE LA RESOLUCION ENRE Nº 465/2006