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ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS




ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 1698/2000

Apruébase la modificación de su Estructura Orgánica.

Bs. As., 27/4/2000

VISTO lo dispuesto por las Resoluciones ENARGAS Nº 327/96 y Nº 545/97, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante las Resoluciones mencionadas en el VISTO, se aprobó la estructura orgánica actualmente vigente, con su correspondiente organigrama, acciones correspondientes a cada área y cargos.

Que, en tales oportunidades, se previó que las funciones atinentes al desarrollo, implementación y administración de los sistemas informáticos estuvieran a cargo de la Gerencia de Administración y Sistemas.

Que la materia informática ha adquirido una importancia vital para el funcionamiento del Organismo, lo que meritúa un control directo por parte del Directorio.

Que el notable desarrollo y constante crecimiento de los sistemas informáticos, y las tareas a éstos asociadas, hacen necesario contar con un área específica, cuya dependencia del Directorio redundará en una mayor inmediatez en la toma de decisiones y, consiguientemente, en mejores resultados en términos de eficiencia y eficacia del área.

Que, a los efectos de una mejor organización de las tareas de Sistemas, se hace imprescindible establecer con mayor detalle las acciones a ser desarrolladas, las que en las Resoluciones antes mencionadas fueron enunciadas en forma genérica, a la vez que establecer nuevas funciones que, a juicio de este Directorio, resultan de importancia para el eficaz cumplimiento de las funciones asignadas al ENARGAS por la Ley Nº 24.076.

Que, entre ellas, cabe destacar las atinentes al acceso en línea a las bases de información de las prestadoras del servicio de gas.

Que la instrumentación de la modificación parcial del organigrama y la asignación de acciones, no redundará en mayores erogaciones que las previstas en el presupuesto asignado a este Organismo para el presente ejercicio.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Artículo 52 inc. v) de la Ley Nº 24.076.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:

Artículo 1º
— Apruébase la modificación de la Estructura Orgánica del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, de conformidad con el Anexo I - ORGANIGRAMA; Anexo II - ACCIONES y Anexo III - CARGOS.

Art. 2º
— Establécese que la puesta en vigencia de la nueva estructura que se aprueba por la presente no significa mayor erogación que las previstas por el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS en su Presupuesto.

Art. 3º
— El presente acto entrará en vigencia a partir de la fecha de su dictado.

Art. 4º
— Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Héctor E. Fórmica. — José A. Repar. — Hugo Muñoz. — Ricardo V. Busi.

 
ANEXO II

ACCIONES

Gerencia de Administración:

1. Confeccionar el Presupuesto Anual de Recursos y Gastos del Ente.

2. Registrar las operaciones contables y presupuestarias del Ente.

3. Efectuar la programación y el seguimiento de la ejecución del presupuesto.

4. Recaudar la Tasa de Inspección y Control, las multas y todo otro concepto previsto por el Artículo 62 de la Ley 24.076 y su reglamentación.

5. Administrar los recursos financieros y económicos del Ente.

6. Efectuar la gestión de cobranzas y pagos.

7. Elaborar los Estados Contables y la Cuenta de Inversión.

8. Mantener adecuado resguardo y mantenimiento de los bienes patrimoniales del Ente.

9. Efectuar la gestión de compras y contrataciones de bienes y/o servicios, efectuando el correspondiente seguimiento.

10. Liquidar los sueldos del personal del ENARGAS, registrar su asistencia y las licencias otorgadas, llevar los registros previstos en la normativa laboral y llevar a cabo las tareas de asistencia al personal en materia previsional y de cobertura médica.

Sistemas Informáticos:

1. Definir la arquitectura física y lógica de los sistemas y la política de backups.

2. Realizar las instalaciones de software a los usuarios de la organización y a los servidores.

3. Dar soporte técnico a los puestos de trabajo y a los servidores del Organismo, tanto en el hardware como en el software.

4. Administrar y mantener la disponibilidad y funcionamiento de los servidores del Ente (hardware y software).

5. Elaborar proyectos e informes para la implementación de software y hardware, y analizar y proponer nuevos programas y equipamientos.

6. Mantener y controlar las licencias de software adquiridas por el Organismo.

7. Intervenir en proyectos especiales en los cuales resulte necesaria la asistencia informática.

8. Desarrollar los medios necesarios para el acceso en línea a las bases de información de las empresas prestadoras del servicio de gas.

9. Proponer al Directorio e implementar las medidas de seguridad informática, que en cada momento resultaren necesarias para el mejor resguardo de los activos e información del Ente.

10. Coordinar la capacitación del personal del Ente en materia informática, en el uso de los programas, manejo de Intranet e Internet.

11. Asegurar la disponibilidad de las comunicaciones.

12. Mejorar la funcionalidad del software asociado a las comunicaciones e incorporarle novedades.

 

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