Ente Nacional Regulador del Gas
TARIFAS
Resolución 2428/2001
Metodología para calcular la incidencia de la contribución unificada para grandes contribuyentes prestadores de servicios públicos de la Municipalidad de Benito Juárez, provincia de Buenos Aires, en el costo del servicio de gas por redes a partir del 1 de noviembre de 2001.
Bs. As., 5/11/2001
VISTO el Expediente N° 7529 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), la Ley N° 24.076, el Decreto Reglamentario N° 1738/92 y el Punto 9.6.2 de las Reglas Básicas de las Licencias de Distribución y
CONSIDERANDO:
Que el punto 9.6.2 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución, establece que las variaciones de costos que se originen en cambios en las normas tributarias (excepto en el impuesto a las ganancias o el impuesto que lo reemplace o sustituya) serán trasladadas a las tarifas de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 41 de la Ley N° 24.076.
Que de la presentación efectuada por CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. surge la Municipalidad de Benito Juárez —Pcia. de Buenos Aires— ha modificado la tasa por Inspección de Seguridad e Higiene aplicada en tal jurisdicción por la aplicación de la Contribución Unificada para Grandes Contribuyentes Prestadores de Servicios Públicos.
Que tales cambios en la norma tributaria se originaron en lo dispuesto en el Capítulo V de la Ordenanza fiscal correspondiente al año 2000, con vigencia a partir del 1 de enero de 2001.
Que dicha norma fija un cargo de $ 1, por mes y usuario, mientras que la Ordenanza Fiscal del año 1990 otorgaba la exención a la actividad de comercialización de gas.
Que la Licenciataria ha acompañado la documentación necesaria a fin de demostrar la incidencia del cambio tributario en el costo del servicio, cuya incidencia anual representa la suma de $ 63.800.
Que esta Autoridad Regulatoria se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo establecido por el inciso (f) del Artículo 52 de la Ley 24.076.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE
Artículo 1° — Autorizar a CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A., a partir del 1 de noviembre de 2001, la aplicación del procedimiento definido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, respecto a la incidencia tarifaria de la Contribución Unificada para Grandes Contribuyentes prestadores de Servicios Públicos del Municipio de Benito Juárez — Provincia de Buenos Aires— aprobado por la Ordenanza Fiscal y Tarifaria correspondiente al año 2000, para los importes facturados a Usuarios del servicio de distribución de gas por redes del mencionado municipio.
Art. 2° — Comunicar, notificar a CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. en los términos del Artículo 41 del Decreto N° 1759/72 (TO. 1991), publicar, dar a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar. — Héctor E. Fórmica. — José A. Repar. — Hugo D. Muñoz.
ANEXO
(A) Metodología para calcular la incidencia de la Contribución unificada para grandes contribuyentes prestadores de servicios públicos de la Municipalidad de Benito Juárez —Pcia. de Buenos Aires— en el costo del servicio de gas por redes, a partir del 1 de noviembre de 2001:
La metodología de cálculo se ha diseñado en base al criterio de que el nuevo costo unitario resultante refleje en forma diferenciada la incidencia que la aplicación del tributo en cuestión produce en la tarifa.
Los nuevos costos unitarios del servicio, serán aplicadas a partir del 01/01/2001.
A efectos de dar a los usuarios mayor información respecto a la incidencia que en la facturación origina el tributo en cuestión, deberá procederse del siguiente modo:
1) Incluir en renglón por separado en la factura la siguiente leyenda: "Cont. unificada p/grandes contribuyentes serv. Públ. - Munic. de Benito Juárez".
La incidencia de dicho tributo surge de la aplicación de la formula que se detalla seguidamente:
5) La diferencia que haya resultado del balance citado en el punto precedente será incorporada, con su signo, al cargo fijo del ejercicio fiscal siguiente.
(B) Metodología para calcular el recupero de la Contribución unificada para grandes contribuyentes prestadores de servicios públicos de la Municipalidad de Benito Juárez —Pcia. de Buenos Aires— para el período comprendido entre 1 de enero /01 y el 30 de octubre de 2001:
A los efectos de recuperar los montos pagados por CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. en el período comprendido entre el 1/1/01 y el 30/10/01 deberá seguirse la metodología que seguidamente se detalla:
1) Incluir en renglón por separado en la factura la siguiente leyenda: "Recupero Cont. unificada p/ grandes contribuyentes serv. Públ. - Munic. de Benito Juárez - (enero/oct-2001)".
2) La diferencia acumulada de la contribución entre los meses de enero y octubre de 2001 que incluyendo el grossing-up del impuesto sobre los ingresos brutos en la Provincia de Buenos Aires, deberá facturarse a los usuarios de gas de dicho municipio en función de la facturación efectuada a dichos usuarios en el período comprendido entre el 1/ y 31/10/01.
—FE DE ERRATAS—
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución N° 2428/2001-ENARGAS
En la edición del 15 de noviembre del 2001, en la que se publicó la mencionada Resolución, se consignó erróneamente el número de la norma
como 2528/2001
debiendo decir N° 2428/2001