Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Resolución N° 3157/2005




ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución N° 3157/2005

Bs. As., 11/3/2005

VISTO la Resolución ENARGAS N° 3140/2005, y

CONSIDERANDO:

Que en los términos de los Concursos Públicos de Capacidad de Transporte N° 1/2004 correspondiente a TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. y N° 3/2004 correspondiente a TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. la SECRETARIA DE ENERGIA, en su calidad de Organizador, dictó la Nota SE N° 1431/2004, en su Anexo I apartado 6), dispuso que "Los usuarios distintos de la prioridad N° 1, que en forma directa o por intermedio de una distribuidora o comercializador, hubieran recibido capacidad de transporte podrán optar por ceder la capacidad asignada a quienes aporten financiamiento, recurriendo para ello a los mecanismos previstos en la Resolución ENARGAS N° 419/ 1997 o N° 1483/2000. Estos usuarios podrán proponer al ENARGAS otro mecanismo de cesión de la capacidad, el cual será evaluado por la Autoridad de Control y expresamente autorizado, en caso de determinarse su conveniencia".

Que atendiendo los términos de aquélla y considerando el Inciso 5) del Decreto N° 1738/1992, esta Autoridad dictó la Resolución ENARGAS N° 3140/2005 en la cual se le dio un plazo de 3 días hábiles para materializar la cesión de los contratos de capacidad de transporte en firme asociados a los Concursos Públicos TGN N° 01/2004 y TGS N° 03/2004.

Que dado que dicho plazo fue cuestionado por los usuarios por resultar exiguo, y en aras a proteger sus derechos e intereses, esta Autoridad considera oportuno prorrogar el mismo por un plazo razonable, que no comprometa las involucradas.

Que esta Autoridad Regulatoria se encuentra facultada para el dictado de la presente, en los términos del artículo 2° incisos c), d) y e) y artículo 52° incisos d) y x) de la Ley 24.076 y su reglamentación y el artículo 26° inciso (5) del decreto N° 1738/2004.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorrogar por el término de 10 días hábiles, desde la notificación de la presente, el plazo incorporado en el apartado 2) del Anexo I de la Resolución N° 3140/2005 a los fines que las partes adjunten la documentación e información respectiva a la cesión.

ARTICULO 2° — Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y en la página web del ENARGAS, dar a la Dirección Nacional de Registro Oficial, archivar. — Cdor. FULVIO M. MADARO, Presidente, Ente Nacional Regulador del Gas. — Ing. HUGO D. MUÑOZ, Vicepresidente, Ente Nacional Regulador del Gas. — D. MARIO R. VIDAL, Director, Ente Nacional Regulador del Gas.

e. 23/3 N° 474.910 v. 23/3/2005

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Resolución N° 3157/2005