ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS
Resolución 102/2002
Aceptación para actuar por cuenta y orden del Ministerio de Economía como Autoridad del Procedimiento de Documento de Consulta adoptado por la Resolución N° 671/2002-ME.
Bs. As., 28/11/2002
VISTO, la Resolución 671/02 y 576/02 del MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACION, la Ley N° 25.561, y los Decretos PEN N° 293 del 12 de febrero de 2002, N° 370 del 22 de febrero de 2002, N° 999 del 18 de junio de 1992, N° 1836 del 16 de septiembre de 2002 y N° 355 del 21 de febrero de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1° de la Resolución N° 671/02 del MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACION, se adopta el Procedimiento de Consulta, conforme las previsiones de la Resolución N° 576/02 del MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACION, para el tratamiento de la propuesta formulada por la empresa AGUAS ARGENTINAS S.A. respecto de la posible adecuación del contrato de concesión que integra el proceso de renegociación dispuesto por la Ley N° 25.561 y el Decreto PEN N° 293/02.
Que por el artículo 2° de la citada Resolución ME N° 671/02, se solicita, la intervención del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS, para que en el marco de las atribuciones conferidas en el Dto. 999/92 y sus normas complementarias, actúe como Autoridad del Procedimiento de Documento de Consulta adoptado.
Que asimismo y en el segundo párrafo de dicho artículo de la Resolución ME N° 671/02, se resuelve que corresponderá al ETOSS, efectuar la convocatoria y desarrollar todas las acciones necesarias para implementar la consulta, encontrándose facultado en caso que así lo considere necesario, para disponer adecuaciones respecto del procedimiento previsto en el Anexo I de la Resolución 576/ 02, dictada por el MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACION.
Que el artículo 3° de la resolución referida, establece que una vez concluido el plazo para recibir las observaciones, opiniones y comentarios expresados en el marco del procedimiento este Ente Regulador, remitirá a la COMISION DE RENEGOCIACION DE CONTRATOS DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, dentro de un plazo de CINCO (5) días hábiles un informe sobre el procedimiento cumplido y la consideración sobre las opiniones recibidas.
Que ante la Resolución ME N° 671/02, el Directorio del ENTE TRIPARTITO, DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS, entiende que corresponde aceptar la tarea encomendada, por el MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACION.
Que asimismo y en virtud de la facultad otorgada en el artículo 2° de la Resolución ME N° 671/02, este Directorio ha ponderado conveniente convocar a una segunda ronda de opiniones a los efectos que quienes hallan intervenido en este proceso, aleguen sobre las presentaciones efectuadas.
Que de este modo y tal como establece dicho artículo se adecua el Anexo I de la Resolución ME N° 576/02, con la finalidad de permitir que una vez vistas la totalidad de las presentaciones, los intervinientes en el procedimiento puedan ampliar sus fundamentaciones.
Que a los efectos de asegurar la defensa del usuario en el procedimiento y en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 8° de la Resolución ME N° 576/02, el ETOSS considera que la figura del Defensor de los Usuarios, debe estar en cabeza de la Comisión de Usuarios del ENTE, la que por capacitación y experiencia resulta la más idónea para llevar adelante la tarea.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES ha tomado la intervención que le compete.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Acéptase actuar por cuenta y orden del MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACION como Autoridad del Procedimiento de Documento de Consulta adoptado por la Resolución ME N° 671/02.
Art. 2° — Convócase al procedimiento de Documento de Consulta, conforme a las previsiones de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA N° 576/02, sobre la presentación de la empresa AGUAS ARGENTINAS S.A., respecto de la posible adecuación del contrato de concesión que integra el proceso de renegociación dispuesto por la Ley N° 25.561 y el Decreto PEN N° 293/02.
Art. 3° — Determínase que el documento objeto de consulta estará a disposición de los interesados en la GERENCIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES del Ente sita en la Avenida Callao N° 982, P.B., Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17 horas, y en la página WEB del Organismo www.etoss.org.ar.
Art. 4° — Desígnase como Defensor de los Usuarios en el procedimiento a la COMISION DE USUARIOS, del ETOSS, con sede en la Avenida Callao N° 982, PB., Capital Federal.
Art. 5° — Adecuase la Resolución N° 576/02 del MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACION, estableciendo una segunda ronda de opiniones entre todos aquellos que hayan efectuado presentaciones en los términos de la presente, dentro de los TRES (3) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo previsto en el tercer párrafo del artículo 10 de la Resolución N° 576/02 del MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACION.
Art. 6° — Establécese que las presentaciones de los usuarios e interesados deberán efectuarse en la Mesa de Entradas de Ente, sita en la Avenida Callao N° 982, P.B., Capital Federal, dentro del horario de 9 a 13 y de 14 a 17 horas o por correo electrónico a la dirección documentodeconsulta@etoss.org.ar.
Art. 7° — Notifíquese a AGUAS ARGENTINAS S.A., a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS, al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, al GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, a la COMISION DE USUARIOS DEL ETOSS, a la COMISION DE RENEGOCIACION DE CONTRATOS DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a la SECRETARIA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, a las COMISIONES DE SEGUIMIENTO DE LAS PRIVATIZACIONES, y a la COMISION BICAMERAL CREADA por el art. 20 de la Ley N° 25.561, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y, cumplido, archívese.— Eduardo R. Cevallo. — Juan M. Perdersoli. — Guillermo J. Peralta. — Sergio A. Mileo. — Martín Lascano.