ESCULTURA EN NIEVE
Ley 25.638
Declárase Capital Nacional de la Escultura en Nieve a la ciudad de Ushuaia, capital de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Sancionada: Agosto 15 de 2002.
Promulgada: Septiembre 10 de 2002.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
CAPITAL NACIONAL DE LA ESCULTURA EN NIEVE
ARTICULO 1° — Declárase Capital Nacional de la Escultura en Nieve a la ciudad de Ushuaia, capital de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOS.
— REGISTRADA BAJO EL N° 25.638 —
EDUARDO O. CAMAÑO. — JUAN C. MAQUEDA. — Eduardo D. Rollano. — Juan C. Oyarzún.