BUENAS GENTE,
Estoy taladrándome el cerebro, junto con dos compas armando toda la etapa de instrucción de un proceso penal, en función del resultado (el mejor) lo lleva a simulacro de juicio oral. LA verdad esta buenísimo, muy interesante y ni les cuento lo mucho que se aprende asi...
LA realidad es que nos hemos encontrado con inconvenientes con respecto a la investigación efectuada por la policia.
O sea, entendemos que por actuar por prevención, las medidas tendientes al urgente tratamiento y de preservación de pruebas son las limitadass al lugar del hecho, imputado (detencion, lectura de derechos y demás)
1ero se labra un acta de prevencion policial.... este acta reviste necesidad de luego acompañar los testimonios de los policias intervinientes en forma individual???
luego viene el acta de detención y lectura de derechos al imputado, acompañado con el acta de secuestro de lo incautado.
testimonios de los testigos..
y las pericias balisticas con entrega del cuerpo en morgue judicial (el resultado d ela autopsia es algo que ya va por orden judicial no es asi???)
Todo lo relativo a pericias se efectúa luego de la intervención del fiscal o Juez competente, puesto que para su realización se requiere previa notificación a las partes, bajo sanción de nulidad (en todos los Códigos que conozco) si la pericia es irreproducible.
"SIGAN IDEAS, NO SIGAN A HOMBRES"