Si en un proceso una persona fallece, pero su abogado no lo acredita sino con una copia simple del certificado de defncion, puedo yo declararlo rebelde de algun modo? porque no consta en el expediente que asi sea al no haber copia fiel certificada u el original...
Espero su iluminacion, un saludo
Eki
Mientras dicha documentación no sea presentada, nada implica que la rebeldía pueda ser declarada, máxime cuando existen remedios procesales para corregir tal situación a posteriori.
saludos
Nicolás, Suárez Colman
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