holaa!!!! una consultaa.. los bienes gananciales en un matrimonio pueden ser objeto de un pedido de cuota de alimentos por un hermano de ellos...
o sea yo hermano y cuñado puedo ir contra los bienes gananciales o solo contra los de mi hermana/o?
Los bienes gananciales no existen mientras la sociedad conyugal no se disuelva.
Es solo un derecho en expectativa, que en algun momento va a surgir (puesto que siempre la sociedad conyugal se va a disolver. Si no es por finalizacion del vinculo matrimonial, se disolvera a la muerte de uno de los conyugues).
Por eso no cabe hablar de bienes gananciales durante la vigencia del vinculo matrimonial, no hay diferencia alguna.
Los bienes son de quien los tenga a su nombre.
La responsabilidad patrimonial es individual y no es extensible entre los conyugues (salvo supuestos muy exepcionales)
Por lo tanto, respondiendo a tu pregunta, en caso de existir una obligacion alimentaria entre hermanos, quien solicita los alimentos podra hacerlo solo en relacion al patrimonio del alimentante.
Es solo un derecho en expectativa, que en algun momento va a surgir (puesto que siempre la sociedad conyugal se va a disolver. Si no es por finalizacion del vinculo matrimonial, se disolvera a la muerte de uno de los conyugues).
Por eso no cabe hablar de bienes gananciales durante la vigencia del vinculo matrimonial, no hay diferencia alguna.
Los bienes son de quien los tenga a su nombre.
La responsabilidad patrimonial es individual y no es extensible entre los conyugues (salvo supuestos muy exepcionales)
Por lo tanto, respondiendo a tu pregunta, en caso de existir una obligacion alimentaria entre hermanos, quien solicita los alimentos podra hacerlo solo en relacion al patrimonio del alimentante.
"SIGAN IDEAS, NO SIGAN A HOMBRES"