Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS




FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS

RESOLUCION TECNICA Nº 15

PRIMERA PARTE

VISTO:

El Proyecto de Resolución Técnica sobre "Normas sobre la actuación de Contador Público como Síndico Societario" elevado por el Centro de Estudios Científicos y Técnicos (CECYT) de esta Federación:

Y CONSIDERANDO:

a) Que las atribuciones de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas incluyen el dictado de normas de ejercicio profesional.

b) Que dichos Consejos han encargado a esta Federación la elaboración de proyectos de normas técnicas para su posterior puesta en vigencia dentro de sus respectivas jurisdicciones.

c) Que a la fecha no existen normas específicas relativas a la actuación del contador público como síndico societario.

d) Que resulta necesario proporcionar a la matricula profesional herramientas útiles para el desarrollo de la labor que debe encarar en los casos de desempeño de la función de síndico societario.

e) Que la conveniencia de estas normas específicas va más allá de la solución de las carencias y necesidades planteadas en c) y d), para perfilarse como adecuados parámetros de valoración de la actuación de los síndicos desde cualquier perspectiva y/o circunstancia.

f) Que la emisión de normas que regulen el marco profesional de actuación del síndico permitirá un conocimiento más acabado de jueces y organismos de control y profesionales que tuvieran que juzgar su actuación.

g) Que esta Federación está interesada en colaborar en el desarrollo de ideas tendientes a mejorar el cuerpo legal de la materia.

h) Que el proyecto de resolución técnica elevado por el CECYT cumple con los objetivos propuestos.

Por ello:

LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS
RESUELVE:

Art. 1 — Aprobar las normas sobre la actuación del contador público como síndico societario ("Normas de Sindicatura"), contenidas en la segunda parte de esta resolución técnica.

Art. 2 — Recomendar a los Consejos Profesionales adheridos a esta Federación:

• La incorporación a las "normas profesionales" vigentes en sus respectivas jurisdicciones, las referidas en el art. 1°, con vigencia para las sindicaturas que se inicien a partir del 1 de enero de 1999.

• La difusión de esta resolución técnica entre sus matriculados y los organismos de control, educativos y empresarios de sus respectivas jurisdicciones.

Art. 3 — Registrar la presente en el libro de resoluciones, comunicarla a los Consejos Profesionales, a los organismos estatales nacionales de fiscalización y publicarla en el Boletín Oficial de la República Argentina.

RESOLUCION APROBADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO EN LA CIUDAD DE TAFI DEL VALLE - TUCUMAN EL 11 DE DICIEMBRE DE 1998. Dr. EDGARDO A. PHIELIPP, presidente F.A.C.P.C.E.

e. 8/4 Nº 8913 v. 8/4/99

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS