FIESTA NACIONAL DEL INMIGRANTE
Ley 25.931
Institúyese a la ciudad de Oberá, Sede Nacional Permanente de la mencionada Fiesta Nacional.
Sancionada: Agosto, 25 de 2004
Promulgada de Hecho: Septiembre, 20 de 2004.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Institúyese Sede Nacional Permanente de la Fiesta Nacional del Inmigrante a la ciudad de Oberá, provincia de Misiones.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 25.931 —
EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.