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Fiscalía de Control Administrativo




Fiscalía de Control Administrativo

ETICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA

Resolución 3/2003

Prorrógase el plazo de presentación de la actualización de la declaración jurada patrimonial integral correspondiente al año 2002 por parte de los funcionarios obligados.

Bs. As., 16/5/2003

VISTO la Resolución del Fiscal de Control Administrativo N° 1 del 17 de enero de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el Visto se estableció que el plazo para la presentación de la actualización de la declaración jurada patrimonial integral correspondiente al año 2002 por parte de los funcionarios obligados vence el 30 de mayo de 2003.

Que a efectos de evitar que los funcionarios puedan verse imposibilitados de cumplir con su obligación en tiempo oportuno por motivos ajenos a su voluntad, por una saturación en los canales de acceso al servidor del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS con motivo de la transmisión electrónica de los datos contenidos en las declaraciones juradas patrimoniales integrales, durante los últimos días del plazo establecido, resulta aconsejable extender los plazos de presentación.

Que, por otra parte, a los funcionarios que han desempeñado cargos o funciones durante el año 2002 y que cesen en su ejercicio con motivo de la asunción del nuevo titular del Poder Ejecutivo Nacional el próximo 25 de mayo de 2003, les correspondería la presentación de dos declaraciones juradas patrimoniales integrales, por actualización año 2002 y por baja.

Que los objetivos de transparencia y control de la evolución patrimonial de los funcionarios obligados referidos en el considerando anterior están igualmente asegurados si se los autoriza a presentar una sola declaración jurada por baja en el cargo o función, siempre que la efectúen en el plazo determinado para la presentación de la declaración anual y exterioricen la situación patrimonial y financiera vigente a la fecha de tal presentación.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° del Decreto N° 164 del 28 de diciembre de 1999.

Por ello,

EL DIRECTOR DE INVESTIGACIONES EN EJERCICIO DEL CARGO DE FISCAL DE CONTROL ADMINISTRATIVO
RESUELVE:

Artículo 1° — Prorrógase por quince (15) días hábiles, a partir del 30 de mayo de 2003, el plazo para la presentación de la actualización de la declaración jurada patrimonial integral correspondiente al año 2002 por parte de los funcionarios obligados.

Art. 2° — Autorízase a los funcionarios obligados a presentar declaración jurada patrimonial integral correspondiente a la actualización año 2002, que cesen en el ejercicio del cargo o función con motivo del cambio de autoridades a producirse el día 25 de mayo de 2003, a presentar sólo declaración jurada patrimonial integral por baja en el cargo o función, siempre que la declaración la efectúen y presenten ante las áreas de personal, recursos humanos o administración de las respectivas jurisdicciones u organismos, antes del vencimiento del plazo establecido en el artículo 1° de la presente Resolución.

La declaración jurada patrimonial integral deberá contener la información de la situación patrimonial y financiera del declarante a la fecha de baja en el cargo o función.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Manuel Garrido.

Administracionius UNLP

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