Estimados, hago un pedido, estoy buscando la formula que se utiliza para determinar el grado de incapacidad de un trabajador que sifre un accidente de trabajo.
Comento, no me refiero a la formula de la LRT, osea la formula para calcular la indeminzación, lo que necesito es la formula por la cual se calcula el grado de incapacidad segun el listado de enfermedades del poder ejecutivo
En otras palabras, cuando a mi empleador le dicen que tiene el 50, 54, 66 por cierto o el porcentaje que de de incapacidad permanente (que puede ser provisoria o definitiva), como es que lo calcularon???
Bueno esa formula es la que busco, para que en su caso pueda plantear la nulidad de la misma, por incorrecta aplicación, lo pidieron en el curso y tenemos que encontrarla para el martes
Saludos
Si es eso lo que estas buscando, la verdad no tengo nada pero se del libro clave que contiene ese material:
CÓDIGO DE TABLAS DE INCAPACIDADES LABORATIVAS
Baremos nacionales y extranjeros.
Autor: RUBINSTEIN, Santiago J.
1 Tomo - Edición 5°, 2007 - 688 Páginas Editorial Abeledo Perrot.
La obra del Dr. Rubinstein constituye una herramienta fundamental para la determinación de las incapacidades y para la cuantificación de los daños corporales.
En esta quinta edición el autor incorpora tablas para la medición del acoso laboral, para calcular el resarcimiento según la fórmula "Vuotto" y para cuantificar los daños corporales, desde la óptica jurisprudencial. Este libro, por su gravitación en las acciones por daños y en el derecho previsional, resulta indispensable a la hora de evaluar los porcentajes de incapacidad. Por todo esto, los expertos afirman utilizarlo como "libro de cabecera", en materia civil, laboral y previsional.
CONTENIDO:
Tablas de evaluacióna de incapacidades.
Baremo de incapacidades utilizado en Francia.
Tabla de valuación de incapacidades permanentes del Código de Trabajo de México.
Baremo utilizado por la Dirección de Reconocimientos Médicos de la provincia de Buenos Aires.
Baremo para patologías no tabuladas.
Tabla para incapacidades visuales.
Baremo utilizado en Costa Rica.
Evaluación médico-legal de las afecciones producidas por el ruido (trauma acústico).
Cálculos para evaluar la pérdida auditiva bilateral.
Baremo para evaluar las incapacidades en las oficinopatías.
Baremo de incapacidades indemnizables. Normativa para determinar el porcentaje de incapacidad.
Tablas para disminuciónj de la audición. Indice de la utilidad social auditiva.
Tabla de evaluación de incapacidades en el aparato locomotor.
Pautas para tener en cuenta para la evaluación de incapacidad en deformación permanente del rostro.
Tabla para evaluar las incapacidades en la columna vertebral.
Pautas para fijar incapacidades en enfermos cardíacos.
Pautas para evaluar incapacidades en patologías comunes en cardiología.
Baremo o método para evaluar incapacidades.
Gúia de incapacidades laborales temporarias utilizada para justificar días de inasistencias del trabajador.
Determinación de la incapacidad funcional de la mano.
Baremo para fijar incapacidades en la fatiga del trabajo.
Baremo de incapacidades por várices.
Tabla de valoración de disminución de la capacidad laborativa básica para la actividad civil de los aspirantes a ingresar como agentes civiles del Ejército Argentino.
Baremo de incapacidad por flebopatías y arteriopatías.
Baremo de incapacidad por silicosis.
Guía para la evaluación de las incapacidades del cerebro.
Evaluación de incapacidades sobre el SIDA.
Baremo de evaluación de incapacidades por patologías de columna cervical y lumbosacra.
Nuevos conceptos para determinar la incapacidad por la pérdida del brazo.
Tabla práctica para la evaluación de incapacidades en cirugía plástica en cabeza y cuello.
Tabla de evaluaciones de patologías de nariz, laringe, faringe, tráque, bronquios y pulmones.
Detalle de agentes específicos que entrañan riesgos en el trabajo y tabla de evaluación de incapacidades, que incluye las invalideces múltiples y la incapacidad de ganancia, en Chile.
Tabla de pérdidas dentarias.
Normas para la evaluación, calificación y cuantificación del grado de invalidez. Críticas al baremo del dec. 1290/1994.
Deficiencia del sistema inmunológico severa (infección por HIV y sida).
Guía complementaria para evaluar la minusvalía social y la incapacidad de ganancia.
Tabla para evaluar el dolor.
Criterios para la evaluación de la incapcidad por brucelosis.
Baremo del dec. 738/1995 reglamentario de la ley 24465.
Tabla de evaluación de las incapacidades laborales. Ley 24557.
Normas para la evaluación, calificación y cuantificación del grado de invalidez de los trabajadores afiliados al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
Criterios de gravedad de las lesiones causadas por accidentes de automóvil.
Tabla de posibilidad de lesiones según el lugar del ocupante del automóvil.
Tabla de estimación paramétrica de las lesiones.
Pautas para diagnosticar problemas físicos y psicosomáticos, incapacidades producidas por el acoso psicológico (Moobing).
Tabla de cicatrices atípicas.
Cicatrices producidas por quemaduras.
Modo de cálculo del resarcimiento del daño material en la acción civil según la denominada fórmula "VUOTTO".
http://www.csjn.gov.ar/cmf/baremo1.html
un fallo con algunos calculos
http://www.jus.mendoza.gov.ar/docume...=9135&inst=CT1
b.8) Los porcentajes de incapacidad no obligan al juezSi bien los porcentajes de incapacidad determinados a través de las pericias médicas, son
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importantes índices referenciales, lejos están en constituir pautas que obliguen al Juez a actuar mecánicamente, en base a cálculos matemáticos o actuariales, pues lo importante en este tema es analizar cuáles han sido las consecuencias reales y efectivas que el evento causó a la víctima y las características personales de ésta, agregando que las incapacidades no solamente afectan al aspecto laboral, sino a todas las posibles manifestaciones del individuo.Cciv. y Com. Morón, sala 2, 6/6/95, “Francisco, José c/ Montillo, Roque y otros s/ Daños y perjuicios”
Los porcentajes de incapacidad dictaminados y probados, si bien son de mucha importancia constituyen solamente uno de los parámetros a tener en cuenta en la formación del pertinente juicio de valor sobre los daños que sufre la víctima y la medida de tales daños, debiendo ponderarse en conjunción con otros factores –edad, trabajo, contexto económico y social, etc.- a fin de poder esclarecer de qué manera dichos porcentajes gravitan en el afectado y determinar en qué medida la incapacidad trasciende, efectivamente, en la existencia productiva y total del mismo.Cciv. y Com. Quilmes, Sala 2, 15/3/99, “M., J.A. c/R., A.A.”
A diferencia de la legislación laboral, en materia civil la indemnización no está tarifada en razón de baremos de incapacidad previamente establecidos. De allí que el baremo escogido en la pericia médica –los hay numerosos y distintos- no limita la facultad judicial para apreciar libremente la real entidad del dañó, y en consecuencia fijar la indemnización.Cciv. y Com. San Nicolás, 14/12/99, “Gorbarán, María c/Mezzera, T. S/daños y perjuicios"
Un fallo del Juez Arese que es ese autor que cite en el otro post sobre LRT:
http://www.eft.com.ar/boletineft%5C2...junio_0091.htm
Otro fallo donde mas alla de que no sea lo que pedis se desarrolla muy bien el tema de pedido de inconstitucionalidad:
http://www.abogarte.com.ar/accidentelaboral3.htm
Despues busco mas cosas