COMPETENCIA. Acción de hábeas data. Rectificación de datos existentes en archivos interconectados en redesinterjurisdiccionales.
Corresponde la intervención de la Justicia Civil y Comercial Federal en la acción de hábeas data, si se persigue la rectificación de datos erróneos existentes en los registros de una empresa que opera una red interconectada e interjurisdiccional de datos (conf. art. 36, inc. b) de la ley 25.326).
Autos: AGUERO, Walter c/ ORGANIZACION VERAZ S.A. s/ HABEAS DATA s/COMPETENCIA.- Magistrados:Juan Carlos G. Dupuis, Fernando Posse Saguier, Leopoldo Montesde Oca. - Tribunal de Superintendencia. - 13/06/2001 - Nro. Exp.: R.5680
Competencia - Almacenamiento de datos
La justicia en lo contencioso administrativo federal es competente para decidir respecto de la demanda iniciada con el objeto de suprimir o rectificar los datos negativos referidos al actor registrados en la Organización Veraz sobre la base de la información del Banco Central de la República Argentina que respondería a la información dada por un banco privado, pues la facultad de este ente estatal de comunicar aquella información emana de normas de derecho público regulatorias de su competencia en materia de policía financiera.
CFCA I, CAPITAL FEDERAL, 2-3-1999
CARATULA: Fornaroli, Eduardo G. c/ Banco Central y otros
PUBLICACIONES: LL 1999 C, 500-98875
Fuente: http://www.scba.gov.a/fana/elsum.is?q201=005759
Sumario FANA Nº 11255
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Hábeas data - Competencia
Resulta competente el fuero civil y comercial federal -y no el contenciosoadministrativo- para conocer de una acción de habeas data interpuesta a fin de que se suprima la información falsa que, respecto de la actora, se encontraba contenida en la base de datos del Banco Central de la República Argentina, una entidad bancaria privada y la Organización Veraz S.A., pues la conducta negligente fue asumida por el banco privado, habiéndose limitado el Banco Central a consignar los datos que le fueran suministrados sin que se controvertieran las facultades policiales o reglamentarias de esta institución.
CFCA II, CAPITAL FEDERAL, 16-11-2000
CARATULA: Vidou, María C. c/ B.C.R.A. y otros
PUBLICACIONES: LL 2001 C, 456-102043
Fuente: http://www.scba.gov.a/fana/elsum.is?q201=011954
Sumario FANA Nº 16730
Cualquier cosa que puedas ayudarte y viceversa me seria muy util.
desde ya muchas gracias.
atte Guillermo.