HIDROCARBUROS
Decreto 1252/2000
Prorrógase la fecha de vencimiento de la Concesión de Explotación del Area "Loma La Lata - Sierra Barrosa", ubicada en la provincia del Neuquén, otorgada a YPF S.A. por la Ley N° 24.145.
Bs. As., 28/12/2000
VISTO el Expediente N° 750-003414/00 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 4° de la Ley N° 24.145 del 13 de octubre de 1992, se le otorgó a YPF SOCIEDAD ANONIMA una Concesión de Explotación de hidrocarburos sobre el Area "LOMA LA LATA - SIERRA BARROSA" ubicada en la Provincia del NEUQUEN, regida por los Artículos 27 y siguientes de la Ley N° 17.319 y sus normas complementarias.
Que YPF SOCIEDAD ANONIMA ha solicitado una prórroga del plazo de vigencia de la Concesión de Explotación correspondiente al Area "LOMA LA LATA - SIERRA BARROSA" por el término de DIEZ (10) años, según lo previsto por el Artículo 35 de la Ley N° 17.319.
Que la explotación principal de los yacimientos de la Concesión de Explotación de hidrocarburos sobre el Area "LOMA LA LATA - SIERRA BARROSA" está vinculada con la producción de gas natural y que por sus características requiere de la realización de importantes inversiones, el cumplimiento de normas de seguridad y ambientales e importa abastecer, con seguridad de suministro, un nudo energético para la región neuquina y el país.
Que la prórroga del plazo indicado resulta indispensable para concretar, en adecuadas condiciones técnicas y económicas importantes inversiones en el Area "LOMA LA LATA -SIERRA BARROSA" y en las restantes áreas de explotación de hidrocarburos otorgadas a YPF SOCIEDAD ANONIMA en la Provincia del NEUQUEN, que incrementen substancialmente las reservas de gas natural y de petróleo.
Que el aumento del horizonte de reservas de gas natural permitirá afrontar, con solvencia de recursos y en tiempo oportuno, el desafío competitivo de los requerimientos del mercado interno y regional, consolidando la actual posición de liderazgo del país en la materia.
Que YPF SOCIEDAD ANONIMA ha dado buen cumplimiento a las obligaciones emergentes de la Concesión de Explotación del Area "LOMA LA LATA - SIERRA BARROSA."
Que teniendo en cuenta el interés que ha manifestado la Provincia del NEUQUEN, así como las importantes inversiones y compromisos contraídos por YPF SOCIEDAD ANONIMA para el otorgamiento de la prórroga de la Concesión del Area "LOMA LA LATA - SIERRA BARROSA", de conformidad a lo previsto en el Acuerdo de Prórroga de fecha 5 de diciembre de 2000, suscripto entre el ESTADO NACIONAL, la Provincia del NEUQUEN e YPF SOCIEDAD ANONIMA, se considera conveniente y oportuno acceder a la prórroga solicitada, en las condiciones previstas en dicho Acuerdo.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 99 inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL, y en los Artículos 35 y 98 de la Ley N° 17.319.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Prorrógase la fecha de vencimiento de la Concesión de Explotación del Area "LOMA LA LATA - SIERRA BARROSA" ubicada en la Provincia del NEUQUEN, otorgada a YPF SOCIEDAD ANONIMA por el Artículo 4° de la Ley N° 24.145 hasta el día 14 de noviembre de 2027, en las condiciones establecidas en el Acuerdo de Prórroga de fecha 5 de diciembre de 2000 suscripto entre el ESTADO NACIONAL, la Provincia del NEUQUEN e YPF SOCIEDAD ANONIMA, que forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I, y que tendrá vigencia a partir de su publicación.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Chrystian G. Colombo. — José L. Machinea.
NOTA: Este decreto se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).