HONORABLE CONGRESO DE LA NACION
Decreto 1614/2005
Ampliación del temario a tratar por el Honorable Congreso de la Nación durante el período de Sesiones Extraordinarias. Asuntos incluidos.
Bs. As., 20/12/2005
En uso de las facultades que le otorgan los artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución de la Nación Argentina,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Inclúyese en el temario a tratar por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, durante el período de Sesiones Extraordinarias, la consideración de los asuntos detallados en el Anexo que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.
ANEXO
TEMAS PARA LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION
1. Proyecto de Ley referido a las normas para una salida ordenada de la Emergencia Pública.
2. Proyecto de Ley de modificación al Código Penal y a la Ley 25.246, de activos provenientes de ilícitos y financiamiento de actividades terroristas.
3. Proyecto de Ley referido a la promoción de Biocombustibles (Biodiesel, Bioetanol y Biogas, básicamente).
4. Proyecto de Ley mediante el cual se crea el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (I.N.S.S.J.P.) que fuera oportunamente creado por la Ley Nº 19.032, que se deroga, así como sus modificatorias y complementarias y las Leyes Nros. 25.615 y 25.751 y cualquier otra norma que se le oponga.