HONORABLE CONGRESO DE LA NACION
Decreto 1579/2004
Prorróganse las Sesiones Ordinarias.
Bs. As., 10/11/2004
En uso de las facultades conferidas por los artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Prorróganse las Sesiones Ordinarias del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION hasta el 31 de diciembre de 2004.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.