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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 252/2005

Delegación de facultades para autorizar comisiones de servicios que devenguen viáticos del Auditor Interno de la AFIP.

Bs. As., 16/5/2005

VISTO lo establecido por el Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que con el fin de optimizar el accionar del Organismo mediante la agilización de determinados procedimientos, resulta conveniente descentralizar la autorización de comisiones de servicios que devenguen viáticos a determinados funcionarios de la Administración.

Que en procura de esos objetivos se estima conveniente la adopción de medidas institucionales tendientes a la delegación específica de funciones y atribuciones referidas a la autorización para percibir viáticos por parte del Auditor Interno, a favor de la Dirección de Secretaría General.

Que el artículo 1° de la Ley 19.549 habilita la delegación del ejercicio de la competencia de los órganos de la Administración, en tanto se encuentre autorizada expresamente.

Que en coherencia con ello, el Decreto 618/ 97 prevé, en su artículo 4° que: "... el Administrador Federal podrá delegar en los DIRECTORES GENERALES y los Subdirectores Generales —y éstos respecto de las Jefaturas de las Unidades que de ellos dependen— la asunción, conjunta o separadamente, de determinadas funciones y atribuciones señaladas por la naturaleza de las materias, por el ámbito territorial en el que deban ejercerse o por otras circunstancias, inclusive las que se indican en los artículos 6, 7, 8 y 9 en la medida y condiciones que se establezcan en cada caso".

Que la habilitación señalada puede válidamente entenderse extensiva a las Direcciones con directa dependencia del Administrador Federal.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Asuntos Legales Administrativos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 6° del Decreto N° 618/97.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:

Artículo 1° — Delegar en la Dirección de Secretaría General la facultad de autorizar las comisiones de servicios que devenguen viáticos a favor del Auditor Interno de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Art. 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.

N° 480.508

Administracionius UNLP

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