MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
Resolución 342/2005
Bs. As., 16/6/2005
VISTO el Expediente Nº S01:0281963/2002 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, el Decreto Nº 989 del 28 de Abril de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 3º del Decreto Nº 989 del 28 de Abril de 2003 faculta al señor Ministro de Economía o al funcionario o funcionarios que éste designe, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA modificaciones al Convenio de Crédito por EUROS VEINTICINCO MILLONES (. 25.000.000) que fue suscripto entre el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA y el MCC S.p.A CAPITALIA GRUPPO BANCARIO ex MEDIO CREDITO CENTRALE S.p.A., actualmente sustituido en sus funciones por el ARTIGIANCASSA S.p.A., el cual será destinado a financiar un Programa a favor del Sector Sanitario Público, que será utilizado por hasta un importe máximo del CINCUENTA POR CIENTO (50%) para la adquisición de bienes y servicios de origen italiano, y el saldo restante para la adquisición de bienes y servicios de origen argentino.
Que resulta necesario, a fin de agilizar la ejecución del crédito, designar a funcionarios del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION para suscribir toda la documentación necesaria para la instrumentación del Convenio de Crédito aludido y sus eventuales modificaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto Nº 989/03.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Desígnase al señor Secretario de Política Económica, D. Oscar TANGELSON, al señor Director Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito, D. Gerardo HITA, y al señor Director de Proyectos con Financiamiento Externo Bilateral, D. Florencio VILLAR para suscribir de manera conjunta o indistinta, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, toda la documentación referida a la instrumentación y eventuales modificaciones al Convenio de Crédito por EUROS VEINTICINCO MILLONES (. 25.000.000), que fuera aprobado por Decreto Nº 989 del 28 de Abril de 2003, siempre que éstas no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino del mismo o no deriven en un incremento de su monto.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ROBERTO LAVAGNA, Ministro de Economía y Producción.
e. 23/6 N° 483.413 v. 23/6/2005