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Impugnacion De La Liquidacion, ¿cedula?


Tengo mis dudas acerca de la taxatividad del Art 135 CPC en cuanto a si se debe notificar por cédula la impugnación de la liquidación, porque este art sólo habla de la Notificación por cédula de la liquidación... Alguien tiene idea de si va por cédula la notificación de la impugnación?

romina_peleritti UNMDP

Respuestas
UNLP
ramonbil Premium II Creado: 09/02/11
Si, normalmente es por cedula.

UNLP
ramonbil Premium II Creado: 09/02/11
si, normalmente es por cédula.

UNLP
ramonbil Premium II Creado: 09/02/11
Si, normalmente es por cèdula.

UNLP
ramonbil Premium II Creado: 09/02/11
Empezado por romina_peleritti

"Tengo mis dudas acerca de la taxatividad del Art 135 CPC en cuanto a si se debe notificar por cédula la impugnación de la liquidación, porque este art sólo habla de la Notificación por cédula de la liquidación... Alguien tiene idea de si va por cédula la notificación de la impugnación?"

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Si, normalmente es por cédula

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